El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha puesto este lunes punto final al recorrido judicial de los condenados del ‘procés’ en Europa, ratificando así su aval a las decisiones que tomó el Tribunal Supremo sobre las prisiones preventivas del 1-O y que fueron respaldadas después por el Tribunal Constitucional. Según ha podido saber ABC, el panel de los cinco jueces del TEDH que filtran qué asuntos tienen la entidad suficiente para ser reexaminados ha rechazado la solicitud de los condenados del ‘procés’ para que la Gran Sala revisara la sentencia que el propio Tribunal de Estrasburgo dictó en noviembre y que supuso para ellos un primer varapalo. Con la resolución de este lunes, que supone el carpetazo definitivo a una estrategia jurídica que presentaba a España ante Europa como un Estado arbitrario, se respalda que la actuación de los tribunales españoles fue «proporcional, previsible y ajustada» a los estándares democráticos cuestionados por los condenados, entre los que se encuentran Oriol Junqueras, Jordi Sànchez y Jordi Turull. Sus defensas pretendían que el tribunal rectificara su sentencia inicial al apreciar «cuestiones graves relativas a la interpretación o aplicación del convenio», el requisito que exige el artículo 43 para que un asunto sea reexaminado por la Gran Sala. Sin embargo, los cinco magistrados encargados de examinar la petición han considerado que el caso no merece tal excepcionalidad.En el recurso a Estrasburgo, cuya sentencia es, desde hoy, firme, los recurrentes entendían que el Tribunal Supremo vulneró el artículo 3 del Protocolo n.º 1, relativo al derecho a elecciones libres y a ser elegidos y que decisiones como la prisión preventiva y la posterior suspensión de sus cargos públicos antes de haber sentencia firme vaciaron de contenido sus derechos políticos y atribuían la actuación del Alto Tribunal a una persecución política porque se les quería silenciar.Sin embargo, el TEDH consideró que la Justicia española actuó de forma «proporcionada», pues recordó que los demandantes «habían instigado a la desobediencia de decisiones judiciales y a la celebración de un referéndum declarado ilegal».Aval a la independencia judicial Los magistrados dejaron claro también que no hubo arbitrariedad y que los condenados sabían —o debían saber— que sus actos tendrían consecuencias penales, dado que el Tribunal Constitucional les había advertido personalmente y de forma reiterada de la ilegalidad de sus pasos. Descartó también que la justicia se utilizara «con fines políticos» y reiteró que la gravedad de los hechos —que pusieron en jaque la integridad territorial y el orden constitucional— justificaba sobradamente las medidas adoptadas, incluida la suspensión de funciones de los diputados procesados por rebelión (entonces) para proteger la propia estabilidad del Estado de derecho. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha puesto este lunes punto final al recorrido judicial de los condenados del ‘procés’ en Europa, ratificando así su aval a las decisiones que tomó el Tribunal Supremo sobre las prisiones preventivas del 1-O y que fueron respaldadas después por el Tribunal Constitucional. Según ha podido saber ABC, el panel de los cinco jueces del TEDH que filtran qué asuntos tienen la entidad suficiente para ser reexaminados ha rechazado la solicitud de los condenados del ‘procés’ para que la Gran Sala revisara la sentencia que el propio Tribunal de Estrasburgo dictó en noviembre y que supuso para ellos un primer varapalo. Con la resolución de este lunes, que supone el carpetazo definitivo a una estrategia jurídica que presentaba a España ante Europa como un Estado arbitrario, se respalda que la actuación de los tribunales españoles fue «proporcional, previsible y ajustada» a los estándares democráticos cuestionados por los condenados, entre los que se encuentran Oriol Junqueras, Jordi Sànchez y Jordi Turull. Sus defensas pretendían que el tribunal rectificara su sentencia inicial al apreciar «cuestiones graves relativas a la interpretación o aplicación del convenio», el requisito que exige el artículo 43 para que un asunto sea reexaminado por la Gran Sala. Sin embargo, los cinco magistrados encargados de examinar la petición han considerado que el caso no merece tal excepcionalidad.En el recurso a Estrasburgo, cuya sentencia es, desde hoy, firme, los recurrentes entendían que el Tribunal Supremo vulneró el artículo 3 del Protocolo n.º 1, relativo al derecho a elecciones libres y a ser elegidos y que decisiones como la prisión preventiva y la posterior suspensión de sus cargos públicos antes de haber sentencia firme vaciaron de contenido sus derechos políticos y atribuían la actuación del Alto Tribunal a una persecución política porque se les quería silenciar.Sin embargo, el TEDH consideró que la Justicia española actuó de forma «proporcionada», pues recordó que los demandantes «habían instigado a la desobediencia de decisiones judiciales y a la celebración de un referéndum declarado ilegal».Aval a la independencia judicial Los magistrados dejaron claro también que no hubo arbitrariedad y que los condenados sabían —o debían saber— que sus actos tendrían consecuencias penales, dado que el Tribunal Constitucional les había advertido personalmente y de forma reiterada de la ilegalidad de sus pasos. Descartó también que la justicia se utilizara «con fines políticos» y reiteró que la gravedad de los hechos —que pusieron en jaque la integridad territorial y el orden constitucional— justificaba sobradamente las medidas adoptadas, incluida la suspensión de funciones de los diputados procesados por rebelión (entonces) para proteger la propia estabilidad del Estado de derecho. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha puesto este lunes punto final al recorrido judicial de los condenados del ‘procés’ en Europa, ratificando así su aval a las decisiones que tomó el Tribunal Supremo sobre las prisiones preventivas del 1-O y que fueron respaldadas después por el Tribunal Constitucional. Según ha podido saber ABC, el panel de los cinco jueces del TEDH que filtran qué asuntos tienen la entidad suficiente para ser reexaminados ha rechazado la solicitud de los condenados del ‘procés’ para que la Gran Sala revisara la sentencia que el propio Tribunal de Estrasburgo dictó en noviembre y que supuso para ellos un primer varapalo. Con la resolución de este lunes, que supone el carpetazo definitivo a una estrategia jurídica que presentaba a España ante Europa como un Estado arbitrario, se respalda que la actuación de los tribunales españoles fue «proporcional, previsible y ajustada» a los estándares democráticos cuestionados por los condenados, entre los que se encuentran Oriol Junqueras, Jordi Sànchez y Jordi Turull. Sus defensas pretendían que el tribunal rectificara su sentencia inicial al apreciar «cuestiones graves relativas a la interpretación o aplicación del convenio», el requisito que exige el artículo 43 para que un asunto sea reexaminado por la Gran Sala. Sin embargo, los cinco magistrados encargados de examinar la petición han considerado que el caso no merece tal excepcionalidad.En el recurso a Estrasburgo, cuya sentencia es, desde hoy, firme, los recurrentes entendían que el Tribunal Supremo vulneró el artículo 3 del Protocolo n.º 1, relativo al derecho a elecciones libres y a ser elegidos y que decisiones como la prisión preventiva y la posterior suspensión de sus cargos públicos antes de haber sentencia firme vaciaron de contenido sus derechos políticos y atribuían la actuación del Alto Tribunal a una persecución política porque se les quería silenciar.Sin embargo, el TEDH consideró que la Justicia española actuó de forma «proporcionada», pues recordó que los demandantes «habían instigado a la desobediencia de decisiones judiciales y a la celebración de un referéndum declarado ilegal».Aval a la independencia judicial Los magistrados dejaron claro también que no hubo arbitrariedad y que los condenados sabían —o debían saber— que sus actos tendrían consecuencias penales, dado que el Tribunal Constitucional les había advertido personalmente y de forma reiterada de la ilegalidad de sus pasos. Descartó también que la justicia se utilizara «con fines políticos» y reiteró que la gravedad de los hechos —que pusieron en jaque la integridad territorial y el orden constitucional— justificaba sobradamente las medidas adoptadas, incluida la suspensión de funciones de los diputados procesados por rebelión (entonces) para proteger la propia estabilidad del Estado de derecho. RSS de noticias de espana
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