El Tribunal Supremo ha decidido no retirar la suspensión del derecho de voto de los nacionalizados por la conocida como ley de nietos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado las peticiones de la Abogacía del Estado y la Fiscalía, que solicitaban que se permitiera votar a los descendientes del exilio en las próximas elecciones generales del 29 de noviembre porque no hay tiempo para revisar antes de los comicios el censo de residentes en el extranjero. Estas son algunas de las claves de la resolución dictada este lunes por los magistrados:
El alto tribunal prima el interés general sobre el derecho de voto y señala a la Administración por no haber cumplido con sus órdenes
El Tribunal Supremo ha decidido no retirar la suspensión del derecho de voto de los nacionalizados por la conocida como ley de nietos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado las peticiones de la Abogacía del Estado y la Fiscalía, que solicitaban que se permitiera votar a los descendientes del exilio en las próximas elecciones generales del 29 de noviembre porque no hay tiempo para revisar antes de los comicios el censo de residentes en el extranjero. Estas son algunas de las claves de la resolución dictada este lunes por los magistrados:
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