Javier Ortega Smith se aferra a su último bastión político. Pese a su expulsión del partido que ayudó a fundar, mantendrá su escaño de concejal al margen de las siglas de Vox . Desde hace unos días ha dejado de formar parte del Grupo Municipal y se ha convertido en el único edil no adscrito del Ayuntamiento de Madrid. Esta situación, inédita en Cibeles, ha obligado al presidente del Pleno a regular el régimen organizativo y de funcionamiento de los concejales no adscritos, una figura que el Reglamento Orgánico del Pleno no desarrollaba.Así, en base al informe elaborado por la Secretaría General del Pleno, se ha determinado el futuro inmediato del concejal: mantendrá su voto, pero solo podrá presentar una iniciativa cada dos plenos. De esta manera, Ortega Smith pierde capacidad propositiva.El informe que ha emitido este miércoles el presidente del Pleno, Borja Fanjul, analiza, primero, cómo quedará su situación con respecto a los plenos y, segundo, cuál es su peso en las comisiones.Noticia relacionada general No No Cibeles le quita la portavocía de Vox a Ortega Smith y le relega a concejal no adscrito Marta R. DomingoEn el primer caso, el nuevo reglamento establece que «aplicando la debida proporcionalidad, y dado que la Corporación la integran 57 concejales», cada concejal no adscrito podrá presentar una iniciativa cada dos sesiones ordinarias del Pleno. Además de proposiciones y mociones de urgencia, los concejales no adscritos pueden incluir, en las sesiones ordinarias del Pleno, preguntas e interpelaciones. No obstante, el concejal no adscrito no podrá solicitar comparecencias, «ya que estas se reservan a la iniciativa de un grupo político o de la quinta parte de los concejales». Los turnos y tiempos de intervención de los concejales no adscritos también quedan acotados: «No podrán superar el tiempo asignado a cada grupo, ni ser inferiores a un minuto», sostiene la actualización del reglamento.En cuanto a las comisiones, será el propio Ortega Smith quien deba solicitar su incorporación. «A petición del propio interesado, se nombrará al concejal no adscrito como miembro titular de la comisión o comisiones del Pleno en las que solicite integrarse, sin que pueda ser suplido en caso de ausencia, al no estar integrado en un grupo municipal».También se reduce su capacidad de iniciativa: cada concejal no adscrito podrá presentar una iniciativa cada cuatro sesiones ordinarias de la comisión de la que forme parte y solo una comparecencia cada doce sesiones. En todo caso sí podrá formular preguntas, comparecencias y ruegos.Los tiempos de intervención en las comisiones seguirán el mismo criterio que en el Pleno: serán fijados por la Junta de Portavoces o por la Presidencia de la comisión y no podrán superar los asignados a los grupos municipales ni ser inferiores a un minuto. Asimismo, para preservar la representatividad existente en el Pleno, las comisiones en las que participe un concejal no adscrito funcionarán mediante voto ponderado, tal y como prevé la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid. Javier Ortega Smith se aferra a su último bastión político. Pese a su expulsión del partido que ayudó a fundar, mantendrá su escaño de concejal al margen de las siglas de Vox . Desde hace unos días ha dejado de formar parte del Grupo Municipal y se ha convertido en el único edil no adscrito del Ayuntamiento de Madrid. Esta situación, inédita en Cibeles, ha obligado al presidente del Pleno a regular el régimen organizativo y de funcionamiento de los concejales no adscritos, una figura que el Reglamento Orgánico del Pleno no desarrollaba.Así, en base al informe elaborado por la Secretaría General del Pleno, se ha determinado el futuro inmediato del concejal: mantendrá su voto, pero solo podrá presentar una iniciativa cada dos plenos. De esta manera, Ortega Smith pierde capacidad propositiva.El informe que ha emitido este miércoles el presidente del Pleno, Borja Fanjul, analiza, primero, cómo quedará su situación con respecto a los plenos y, segundo, cuál es su peso en las comisiones.Noticia relacionada general No No Cibeles le quita la portavocía de Vox a Ortega Smith y le relega a concejal no adscrito Marta R. DomingoEn el primer caso, el nuevo reglamento establece que «aplicando la debida proporcionalidad, y dado que la Corporación la integran 57 concejales», cada concejal no adscrito podrá presentar una iniciativa cada dos sesiones ordinarias del Pleno. Además de proposiciones y mociones de urgencia, los concejales no adscritos pueden incluir, en las sesiones ordinarias del Pleno, preguntas e interpelaciones. No obstante, el concejal no adscrito no podrá solicitar comparecencias, «ya que estas se reservan a la iniciativa de un grupo político o de la quinta parte de los concejales». Los turnos y tiempos de intervención de los concejales no adscritos también quedan acotados: «No podrán superar el tiempo asignado a cada grupo, ni ser inferiores a un minuto», sostiene la actualización del reglamento.En cuanto a las comisiones, será el propio Ortega Smith quien deba solicitar su incorporación. «A petición del propio interesado, se nombrará al concejal no adscrito como miembro titular de la comisión o comisiones del Pleno en las que solicite integrarse, sin que pueda ser suplido en caso de ausencia, al no estar integrado en un grupo municipal».También se reduce su capacidad de iniciativa: cada concejal no adscrito podrá presentar una iniciativa cada cuatro sesiones ordinarias de la comisión de la que forme parte y solo una comparecencia cada doce sesiones. En todo caso sí podrá formular preguntas, comparecencias y ruegos.Los tiempos de intervención en las comisiones seguirán el mismo criterio que en el Pleno: serán fijados por la Junta de Portavoces o por la Presidencia de la comisión y no podrán superar los asignados a los grupos municipales ni ser inferiores a un minuto. Asimismo, para preservar la representatividad existente en el Pleno, las comisiones en las que participe un concejal no adscrito funcionarán mediante voto ponderado, tal y como prevé la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid. Javier Ortega Smith se aferra a su último bastión político. Pese a su expulsión del partido que ayudó a fundar, mantendrá su escaño de concejal al margen de las siglas de Vox . Desde hace unos días ha dejado de formar parte del Grupo Municipal y se ha convertido en el único edil no adscrito del Ayuntamiento de Madrid. Esta situación, inédita en Cibeles, ha obligado al presidente del Pleno a regular el régimen organizativo y de funcionamiento de los concejales no adscritos, una figura que el Reglamento Orgánico del Pleno no desarrollaba.Así, en base al informe elaborado por la Secretaría General del Pleno, se ha determinado el futuro inmediato del concejal: mantendrá su voto, pero solo podrá presentar una iniciativa cada dos plenos. De esta manera, Ortega Smith pierde capacidad propositiva.El informe que ha emitido este miércoles el presidente del Pleno, Borja Fanjul, analiza, primero, cómo quedará su situación con respecto a los plenos y, segundo, cuál es su peso en las comisiones.Noticia relacionada general No No Cibeles le quita la portavocía de Vox a Ortega Smith y le relega a concejal no adscrito Marta R. DomingoEn el primer caso, el nuevo reglamento establece que «aplicando la debida proporcionalidad, y dado que la Corporación la integran 57 concejales», cada concejal no adscrito podrá presentar una iniciativa cada dos sesiones ordinarias del Pleno. Además de proposiciones y mociones de urgencia, los concejales no adscritos pueden incluir, en las sesiones ordinarias del Pleno, preguntas e interpelaciones. No obstante, el concejal no adscrito no podrá solicitar comparecencias, «ya que estas se reservan a la iniciativa de un grupo político o de la quinta parte de los concejales». Los turnos y tiempos de intervención de los concejales no adscritos también quedan acotados: «No podrán superar el tiempo asignado a cada grupo, ni ser inferiores a un minuto», sostiene la actualización del reglamento.En cuanto a las comisiones, será el propio Ortega Smith quien deba solicitar su incorporación. «A petición del propio interesado, se nombrará al concejal no adscrito como miembro titular de la comisión o comisiones del Pleno en las que solicite integrarse, sin que pueda ser suplido en caso de ausencia, al no estar integrado en un grupo municipal».También se reduce su capacidad de iniciativa: cada concejal no adscrito podrá presentar una iniciativa cada cuatro sesiones ordinarias de la comisión de la que forme parte y solo una comparecencia cada doce sesiones. En todo caso sí podrá formular preguntas, comparecencias y ruegos.Los tiempos de intervención en las comisiones seguirán el mismo criterio que en el Pleno: serán fijados por la Junta de Portavoces o por la Presidencia de la comisión y no podrán superar los asignados a los grupos municipales ni ser inferiores a un minuto. Asimismo, para preservar la representatividad existente en el Pleno, las comisiones en las que participe un concejal no adscrito funcionarán mediante voto ponderado, tal y como prevé la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid. RSS de noticias de espana
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