La Audiencia de Córdoba ha condenado a dos años de cárcel -pena que ha quedado suspendida por lo que no entrará en prisión- a un pedófilo de 68 años que almacenaba más de 2.000 archivos con vídeos e imágenes desgarradoras agresiones sexuales de adultos a bebés y a niños pequeños entre 7 y 8 años que además distribuía a través de un programa informático para compartir archivos. La Unidad de Delitos Informáticos de la Policía Nacional de Córdoba tras una investigación que comenzó en junio de 2023 y se prolongó hasta el 28 de noviembre de ese año con el registro en la vivienda de este individuo de Córdoba capital lo detuvo después de encontrar guardados en un disco extraíble y en su propio ordenador miles de imágenes perturbadoras de agresiones sexuales a bebés y niños. A puerta cerrada a petición de su defensa este individuo de 68 años de edad vecino de Córdoba se sentó este pasado miércoles ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que lo ha condenado en una sentencia de conformidad después de que la Fiscalía rebajara la condena de 7 años de cárcel solicitada en un principio a sólo 2 años de prisión -acordando además que pudiera serle suspendida- atendiendo a circunstancias atenuantes como reparación del daño por ingresar 400 euros a favor de la ‘Asociación Redime’ «que se dedica a defender a la infancia de hechos como los que son objeto de la presente causa», según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso ABC.Noticia relacionada general No No Un pedófilo se enfrenta a siete años de cárcel por distribuir cientos de imágenes de abuso infantil Pilar García-BaqueroLa resolución judicial recoge como hechos probados que durante este tiempo, el acusado hizo uso del programa Emule, que le daba acceso a otro programa informático para el intercambio de archivos peer to peer (P2P) a través del cual descargó 2.781 imágenes y vídeos perturbadores y al mismo tiempo compartió un total de 2.369 archivos a menores de edad en actitudes claramente sexuales.La sentencia deja claro que el acusado para permitir que estos vídeos de violaciones a niños y bebés fueran distribuidos a otros usuarios de la red el acusado utilizó la opción de «compartir los archivos» con el resto de usuarios. El fallo considera los hechos constitutivos de un delito de distribución de material de explotación infantil concurriendo la atenuante analógica de reparación del daño. De modo que el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa del acusado ha logrado que se le imponga dos años de prisión, y con posterioridad a la pena privativa de libertad, 4 años de libertad vigilada.Alejado de menores diez añosEl tribunal le impone, igualmente, penas accesorias de inhabilitación especial de privación de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por 5 años, además de la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por un tiempo de 10 años.La sentencia fue dictada oralmente en estrado del tribunal y notificada a las partes, sin que ninguna de ellas interpusiese recurso por lo que fue declarada firme en el acto. En la resolución judicial se recoge además que se suspende la ejecución de la pena privativa de libertad de dos años impuesta con unas condiciones. En concreto, el condenado por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil no puede delinquir en el plazo fijado anteriormente, cualquier tipo de delito o gravedad y debe someterse a programa formativo de educación sexual relacionado con los hechos objeto de proceso, siendo advertido de que el incumplimiento de cualquiera de ellas reportará la revocación del beneficio otorgado y tendrá que ingresar en prisión. La Audiencia de Córdoba ha condenado a dos años de cárcel -pena que ha quedado suspendida por lo que no entrará en prisión- a un pedófilo de 68 años que almacenaba más de 2.000 archivos con vídeos e imágenes desgarradoras agresiones sexuales de adultos a bebés y a niños pequeños entre 7 y 8 años que además distribuía a través de un programa informático para compartir archivos. La Unidad de Delitos Informáticos de la Policía Nacional de Córdoba tras una investigación que comenzó en junio de 2023 y se prolongó hasta el 28 de noviembre de ese año con el registro en la vivienda de este individuo de Córdoba capital lo detuvo después de encontrar guardados en un disco extraíble y en su propio ordenador miles de imágenes perturbadoras de agresiones sexuales a bebés y niños. A puerta cerrada a petición de su defensa este individuo de 68 años de edad vecino de Córdoba se sentó este pasado miércoles ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que lo ha condenado en una sentencia de conformidad después de que la Fiscalía rebajara la condena de 7 años de cárcel solicitada en un principio a sólo 2 años de prisión -acordando además que pudiera serle suspendida- atendiendo a circunstancias atenuantes como reparación del daño por ingresar 400 euros a favor de la ‘Asociación Redime’ «que se dedica a defender a la infancia de hechos como los que son objeto de la presente causa», según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso ABC.Noticia relacionada general No No Un pedófilo se enfrenta a siete años de cárcel por distribuir cientos de imágenes de abuso infantil Pilar García-BaqueroLa resolución judicial recoge como hechos probados que durante este tiempo, el acusado hizo uso del programa Emule, que le daba acceso a otro programa informático para el intercambio de archivos peer to peer (P2P) a través del cual descargó 2.781 imágenes y vídeos perturbadores y al mismo tiempo compartió un total de 2.369 archivos a menores de edad en actitudes claramente sexuales.La sentencia deja claro que el acusado para permitir que estos vídeos de violaciones a niños y bebés fueran distribuidos a otros usuarios de la red el acusado utilizó la opción de «compartir los archivos» con el resto de usuarios. El fallo considera los hechos constitutivos de un delito de distribución de material de explotación infantil concurriendo la atenuante analógica de reparación del daño. De modo que el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa del acusado ha logrado que se le imponga dos años de prisión, y con posterioridad a la pena privativa de libertad, 4 años de libertad vigilada.Alejado de menores diez añosEl tribunal le impone, igualmente, penas accesorias de inhabilitación especial de privación de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por 5 años, además de la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por un tiempo de 10 años.La sentencia fue dictada oralmente en estrado del tribunal y notificada a las partes, sin que ninguna de ellas interpusiese recurso por lo que fue declarada firme en el acto. En la resolución judicial se recoge además que se suspende la ejecución de la pena privativa de libertad de dos años impuesta con unas condiciones. En concreto, el condenado por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil no puede delinquir en el plazo fijado anteriormente, cualquier tipo de delito o gravedad y debe someterse a programa formativo de educación sexual relacionado con los hechos objeto de proceso, siendo advertido de que el incumplimiento de cualquiera de ellas reportará la revocación del beneficio otorgado y tendrá que ingresar en prisión. La Audiencia de Córdoba ha condenado a dos años de cárcel -pena que ha quedado suspendida por lo que no entrará en prisión- a un pedófilo de 68 años que almacenaba más de 2.000 archivos con vídeos e imágenes desgarradoras agresiones sexuales de adultos a bebés y a niños pequeños entre 7 y 8 años que además distribuía a través de un programa informático para compartir archivos. La Unidad de Delitos Informáticos de la Policía Nacional de Córdoba tras una investigación que comenzó en junio de 2023 y se prolongó hasta el 28 de noviembre de ese año con el registro en la vivienda de este individuo de Córdoba capital lo detuvo después de encontrar guardados en un disco extraíble y en su propio ordenador miles de imágenes perturbadoras de agresiones sexuales a bebés y niños. A puerta cerrada a petición de su defensa este individuo de 68 años de edad vecino de Córdoba se sentó este pasado miércoles ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que lo ha condenado en una sentencia de conformidad después de que la Fiscalía rebajara la condena de 7 años de cárcel solicitada en un principio a sólo 2 años de prisión -acordando además que pudiera serle suspendida- atendiendo a circunstancias atenuantes como reparación del daño por ingresar 400 euros a favor de la ‘Asociación Redime’ «que se dedica a defender a la infancia de hechos como los que son objeto de la presente causa», según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso ABC.Noticia relacionada general No No Un pedófilo se enfrenta a siete años de cárcel por distribuir cientos de imágenes de abuso infantil Pilar García-BaqueroLa resolución judicial recoge como hechos probados que durante este tiempo, el acusado hizo uso del programa Emule, que le daba acceso a otro programa informático para el intercambio de archivos peer to peer (P2P) a través del cual descargó 2.781 imágenes y vídeos perturbadores y al mismo tiempo compartió un total de 2.369 archivos a menores de edad en actitudes claramente sexuales.La sentencia deja claro que el acusado para permitir que estos vídeos de violaciones a niños y bebés fueran distribuidos a otros usuarios de la red el acusado utilizó la opción de «compartir los archivos» con el resto de usuarios. El fallo considera los hechos constitutivos de un delito de distribución de material de explotación infantil concurriendo la atenuante analógica de reparación del daño. De modo que el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa del acusado ha logrado que se le imponga dos años de prisión, y con posterioridad a la pena privativa de libertad, 4 años de libertad vigilada.Alejado de menores diez añosEl tribunal le impone, igualmente, penas accesorias de inhabilitación especial de privación de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por 5 años, además de la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por un tiempo de 10 años.La sentencia fue dictada oralmente en estrado del tribunal y notificada a las partes, sin que ninguna de ellas interpusiese recurso por lo que fue declarada firme en el acto. En la resolución judicial se recoge además que se suspende la ejecución de la pena privativa de libertad de dos años impuesta con unas condiciones. En concreto, el condenado por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil no puede delinquir en el plazo fijado anteriormente, cualquier tipo de delito o gravedad y debe someterse a programa formativo de educación sexual relacionado con los hechos objeto de proceso, siendo advertido de que el incumplimiento de cualquiera de ellas reportará la revocación del beneficio otorgado y tendrá que ingresar en prisión. RSS de noticias de espana/andalucia
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