La defensa del conductor investigado por el atropello mortal de una joven de 24 años en el barrio de La Pitilla en Puente Genil ha vuelto a recurrir ante la plaza 2 del Tribunal de Instancia de Puente Genil la prolongada prisión preventiva de su cliente, que ya suma un año y dos meses privado de libertad, en una causa que, según sostiene, «no presenta especial complejidad y ni estamos ante un homicidio doloso». El abogado de L.D., el vecino de Puente Genil, investigado por el atropello mortal de esta joven durante el Puente de Todos los Santos de 2024 cuestiona con dureza la situación procesal del caso y pone el foco en la calificación de los hechos: «No estamos ante un homicidio doloso, sino ante un posible delito de abandono del lugar del accidente , y, en todo caso, un eventual homicidio por imprudencia o conducción temeraria». Con este argumento, la defensa considera «desproporcionada» la medida cautelar de prisión provisional.El recurso, al que ha tenido acceso ABC, incide además en el atasco judicial del procedimiento, subrayando que, a estas alturas, «no solo no existe auto de apertura de juicio oral, sino que el procedimiento sigue en diligencias previas y ni siquiera se ha dictado auto de incoación de procedimiento abreviado». Una situación que, a juicio del letrado Francisco Poyatos, agrava la vulneración de derechos de su defendido.Noticia relacionada No No seguridad Puente Genil bajo el asedio del narco: tiroteos, clanes y alarma social Pilar García-BaqueroEn este contexto, la defensa califica de «excesiva» la prisión preventiva y recuerda que el investigado cuenta con «sobrado arraigo en Puente Genil», lo que, en su opinión, reduce de forma notable el riesgo de fuga. Como alternativa, plantea incluso la posibilidad de adoptar medidas menos gravosas, como la prohibición de regresar a la localidad.El recurso presentado ante el Tribunal de Instancia de Puente Genil expone ante la Autoridad Judicial que considera que hay un agravio comparativo con otros casos de mayor gravedad penal en los que la prisión preventiva no se ha prolongado tanto en el tiempo, sostiene este abogado.Además, el letrado de la defensa ejercicio por Francisco Poyatos señala que el tiempo ya cumplido en prisión preventiva tendría relevancia incluso en el supuesto de una eventual condena, ya que permitiría al acusado acceder a permisos penitenciarios, lo que, en su opinión, resta sentido a la continuidad de la medida más gravosa.Accidente fortuitoEn el último auto judicial que rechazó su puesta en libertad, el órgano judicial mantenía que «persisten los indicios de criminalidad y que sigue existiendo riesgo de fuga», recordando que el investigado permaneció inicialmente en paradero desconocido tras los hechos -dos meses- y que fue necesaria incluso una entrada y registro en su domicilio para proceder a su detención.Poyatos ha explicado a ABC que consideraba en contra del criterio de la Fiscalía que no era procedente la orden de prisión preventiva para su cliente al entender que se trata de un desgraciado accidente fortuito, en cuyo caso, el delito de deber del socorro no precisa de prisión preventiva porque «en caso de accidente causado fortuitamente por quien omitió el auxilio, la pena es de prisión de seis a dieciocho meses». La defensa del conductor investigado por el atropello mortal de una joven de 24 años en el barrio de La Pitilla en Puente Genil ha vuelto a recurrir ante la plaza 2 del Tribunal de Instancia de Puente Genil la prolongada prisión preventiva de su cliente, que ya suma un año y dos meses privado de libertad, en una causa que, según sostiene, «no presenta especial complejidad y ni estamos ante un homicidio doloso». El abogado de L.D., el vecino de Puente Genil, investigado por el atropello mortal de esta joven durante el Puente de Todos los Santos de 2024 cuestiona con dureza la situación procesal del caso y pone el foco en la calificación de los hechos: «No estamos ante un homicidio doloso, sino ante un posible delito de abandono del lugar del accidente , y, en todo caso, un eventual homicidio por imprudencia o conducción temeraria». Con este argumento, la defensa considera «desproporcionada» la medida cautelar de prisión provisional.El recurso, al que ha tenido acceso ABC, incide además en el atasco judicial del procedimiento, subrayando que, a estas alturas, «no solo no existe auto de apertura de juicio oral, sino que el procedimiento sigue en diligencias previas y ni siquiera se ha dictado auto de incoación de procedimiento abreviado». Una situación que, a juicio del letrado Francisco Poyatos, agrava la vulneración de derechos de su defendido.Noticia relacionada No No seguridad Puente Genil bajo el asedio del narco: tiroteos, clanes y alarma social Pilar García-BaqueroEn este contexto, la defensa califica de «excesiva» la prisión preventiva y recuerda que el investigado cuenta con «sobrado arraigo en Puente Genil», lo que, en su opinión, reduce de forma notable el riesgo de fuga. Como alternativa, plantea incluso la posibilidad de adoptar medidas menos gravosas, como la prohibición de regresar a la localidad.El recurso presentado ante el Tribunal de Instancia de Puente Genil expone ante la Autoridad Judicial que considera que hay un agravio comparativo con otros casos de mayor gravedad penal en los que la prisión preventiva no se ha prolongado tanto en el tiempo, sostiene este abogado.Además, el letrado de la defensa ejercicio por Francisco Poyatos señala que el tiempo ya cumplido en prisión preventiva tendría relevancia incluso en el supuesto de una eventual condena, ya que permitiría al acusado acceder a permisos penitenciarios, lo que, en su opinión, resta sentido a la continuidad de la medida más gravosa.Accidente fortuitoEn el último auto judicial que rechazó su puesta en libertad, el órgano judicial mantenía que «persisten los indicios de criminalidad y que sigue existiendo riesgo de fuga», recordando que el investigado permaneció inicialmente en paradero desconocido tras los hechos -dos meses- y que fue necesaria incluso una entrada y registro en su domicilio para proceder a su detención.Poyatos ha explicado a ABC que consideraba en contra del criterio de la Fiscalía que no era procedente la orden de prisión preventiva para su cliente al entender que se trata de un desgraciado accidente fortuito, en cuyo caso, el delito de deber del socorro no precisa de prisión preventiva porque «en caso de accidente causado fortuitamente por quien omitió el auxilio, la pena es de prisión de seis a dieciocho meses». La defensa del conductor investigado por el atropello mortal de una joven de 24 años en el barrio de La Pitilla en Puente Genil ha vuelto a recurrir ante la plaza 2 del Tribunal de Instancia de Puente Genil la prolongada prisión preventiva de su cliente, que ya suma un año y dos meses privado de libertad, en una causa que, según sostiene, «no presenta especial complejidad y ni estamos ante un homicidio doloso». El abogado de L.D., el vecino de Puente Genil, investigado por el atropello mortal de esta joven durante el Puente de Todos los Santos de 2024 cuestiona con dureza la situación procesal del caso y pone el foco en la calificación de los hechos: «No estamos ante un homicidio doloso, sino ante un posible delito de abandono del lugar del accidente , y, en todo caso, un eventual homicidio por imprudencia o conducción temeraria». Con este argumento, la defensa considera «desproporcionada» la medida cautelar de prisión provisional.El recurso, al que ha tenido acceso ABC, incide además en el atasco judicial del procedimiento, subrayando que, a estas alturas, «no solo no existe auto de apertura de juicio oral, sino que el procedimiento sigue en diligencias previas y ni siquiera se ha dictado auto de incoación de procedimiento abreviado». Una situación que, a juicio del letrado Francisco Poyatos, agrava la vulneración de derechos de su defendido.Noticia relacionada No No seguridad Puente Genil bajo el asedio del narco: tiroteos, clanes y alarma social Pilar García-BaqueroEn este contexto, la defensa califica de «excesiva» la prisión preventiva y recuerda que el investigado cuenta con «sobrado arraigo en Puente Genil», lo que, en su opinión, reduce de forma notable el riesgo de fuga. Como alternativa, plantea incluso la posibilidad de adoptar medidas menos gravosas, como la prohibición de regresar a la localidad.El recurso presentado ante el Tribunal de Instancia de Puente Genil expone ante la Autoridad Judicial que considera que hay un agravio comparativo con otros casos de mayor gravedad penal en los que la prisión preventiva no se ha prolongado tanto en el tiempo, sostiene este abogado.Además, el letrado de la defensa ejercicio por Francisco Poyatos señala que el tiempo ya cumplido en prisión preventiva tendría relevancia incluso en el supuesto de una eventual condena, ya que permitiría al acusado acceder a permisos penitenciarios, lo que, en su opinión, resta sentido a la continuidad de la medida más gravosa.Accidente fortuitoEn el último auto judicial que rechazó su puesta en libertad, el órgano judicial mantenía que «persisten los indicios de criminalidad y que sigue existiendo riesgo de fuga», recordando que el investigado permaneció inicialmente en paradero desconocido tras los hechos -dos meses- y que fue necesaria incluso una entrada y registro en su domicilio para proceder a su detención.Poyatos ha explicado a ABC que consideraba en contra del criterio de la Fiscalía que no era procedente la orden de prisión preventiva para su cliente al entender que se trata de un desgraciado accidente fortuito, en cuyo caso, el delito de deber del socorro no precisa de prisión preventiva porque «en caso de accidente causado fortuitamente por quien omitió el auxilio, la pena es de prisión de seis a dieciocho meses». 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