El juzgado nº2 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao sentencia que el Ayuntamiento de Erandio debe colocar la bandera de España y la foto del Rey Felipe VI. El fallo estima un recurso presentado contra un acuerdo adoptado por el pleno de este consistorio, que en febrero de 2025 desestimó una moción del grupo municipal del Partido Popular en este municipio vizcaíno, donde gobierna el PNV tras las elecciones locales de 2023, reclamando el «cumplimiento de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas». «Se acuerda que por el Ayuntamiento de Erandio se proceda a hacer que la bandera de España ondee en el exterior del Ayuntamiento, en lugar destacado, visible y junto con el resto de banderas oficiales», dicta el fallo, que añade obliga también al consistorio dirigido por Aitziber Oliban Gutiérrez «a colocar la bandera de España en el salón plenario, en lugar destacado, visible y de honor, junto con el resto de banderas oficiales». Es decir, la de la comunidad autónoma del País Vasco y la propia del municipio. Además, de acuerdo con artículo 85.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el fallo de este juzgado conmina al Ayuntamiento «a colocar la efigie de S.M. El Rey en lugar preferente del salón de sesiones donde se reúna el Pleno de la corporación municipal» y le impone 600 euros en concepto de costas en el proceso judicial. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). El juzgado nº2 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao sentencia que el Ayuntamiento de Erandio debe colocar la bandera de España y la foto del Rey Felipe VI. El fallo estima un recurso presentado contra un acuerdo adoptado por el pleno de este consistorio, que en febrero de 2025 desestimó una moción del grupo municipal del Partido Popular en este municipio vizcaíno, donde gobierna el PNV tras las elecciones locales de 2023, reclamando el «cumplimiento de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas». «Se acuerda que por el Ayuntamiento de Erandio se proceda a hacer que la bandera de España ondee en el exterior del Ayuntamiento, en lugar destacado, visible y junto con el resto de banderas oficiales», dicta el fallo, que añade obliga también al consistorio dirigido por Aitziber Oliban Gutiérrez «a colocar la bandera de España en el salón plenario, en lugar destacado, visible y de honor, junto con el resto de banderas oficiales». Es decir, la de la comunidad autónoma del País Vasco y la propia del municipio. Además, de acuerdo con artículo 85.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el fallo de este juzgado conmina al Ayuntamiento «a colocar la efigie de S.M. El Rey en lugar preferente del salón de sesiones donde se reúna el Pleno de la corporación municipal» y le impone 600 euros en concepto de costas en el proceso judicial. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). El juzgado nº2 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao sentencia que el Ayuntamiento de Erandio debe colocar la bandera de España y la foto del Rey Felipe VI. El fallo estima un recurso presentado contra un acuerdo adoptado por el pleno de este consistorio, que en febrero de 2025 desestimó una moción del grupo municipal del Partido Popular en este municipio vizcaíno, donde gobierna el PNV tras las elecciones locales de 2023, reclamando el «cumplimiento de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas». «Se acuerda que por el Ayuntamiento de Erandio se proceda a hacer que la bandera de España ondee en el exterior del Ayuntamiento, en lugar destacado, visible y junto con el resto de banderas oficiales», dicta el fallo, que añade obliga también al consistorio dirigido por Aitziber Oliban Gutiérrez «a colocar la bandera de España en el salón plenario, en lugar destacado, visible y de honor, junto con el resto de banderas oficiales». Es decir, la de la comunidad autónoma del País Vasco y la propia del municipio. Además, de acuerdo con artículo 85.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el fallo de este juzgado conmina al Ayuntamiento «a colocar la efigie de S.M. El Rey en lugar preferente del salón de sesiones donde se reúna el Pleno de la corporación municipal» y le impone 600 euros en concepto de costas en el proceso judicial. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). RSS de noticias de espana
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