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  Economía  La lista de morosos con Hacienda se reduce hasta los 5.853 deudores
Economía

La lista de morosos con Hacienda se reduce hasta los 5.853 deudores

junio 30, 2026
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La lista de morosos con la Agencia Tributaria se ha reducido sensiblemente este año hasta los 5.853 deudores con el fisco a cierre del ejercicio fiscal de 2025, lo que representa un 2,4% menos que el año pasado. En la misma línea el importe de esas deudas que han provocado choques con Hacienda también se ha reducido un 4,4% hasta los 15.432 millones de euros.De todos los defraudadores incluidos en ese listado, 1.111 son personas físicas por importe de 1.680 millones de euros (en la lista anterior eran 1.077 por importe de 1.579 millones de euros) y 4.742 son personas jurídicas por importe de 13.752 millones (frente a los 4.920 del año anterior y 14.558 millones).Por su parte, del importe total, 4.288 millones de euros (el 28%) se corresponde con deuda de deudores en proceso concursal (1.166 deudores, el 20% del total) y, por tanto, es deuda afectada por un proceso en el que las posibilidades de cobro efectivo de las deudas se encuentran limitadas mientras dure el propio proceso concursal. En el listado anterior: algo más de 4.507 millones de euros (el 28%); 1.224 deudores, el 20% del total.Si se restan duplicidades (ya que existen importes que corresponden a deudores principales y sus responsables solidarios), el importe sería de 15.364 millones de euros, en este caso un 12,2% superior. Al cierre de 2024 Hacienda contaba con un total de 5.997 deudores de más de 600.000 euros por un importe que superaba los 16.138 millones de euros.Quiénes están incluidosPara aparecer en la ya conocida como lista de morosos con Hacienda no es suficiente con tener deudas pendientes con el fisco. Automáticamente no se traslada ese contribuyente al listado. Hace falta cumplir otros criterios: superar los 600.000 euros de deuda pendiente, no haber sido pagado transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario (por ejemplo, este martes finaliza el plazo voluntario de la Renta), estar pendientes de pago a 31 de diciembre de 2025 y que no estar aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto. Se habilita, no obstante, la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias que hubieran determinado la inclusión en el listado.De hecho, el Tribunal Supremo ha acotado esta lista. La Agencia Tributaria se vio obligada a recortarla en casi un millar de contribuyentes (958, en concreto) y a reducir las deudas reclamadas de manera pública y notoria en más de 2.200 millones de euros tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2023 en la que sentó el principio de que solo podrían incluirse a las personas físicas y jurídicas con deudas o sanciones tributarias firmes.El Alto tribunal dio respuesta así a la catarata de recursos presentados por contribuyentes con sanciones tributarias recurridas, que protestaron por ver sus nombres expuestos al escarnio público como deudores con Hacienda sin tener una sentencia que diera firmeza a esa condición, aunque lo que desencadenó en último término la resolución del Supremo fue el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social contra el Ayuntamiento de Madrid por incluir al organismo como moroso cuando aún se estaba discutiendo en los tribunales si había caso o no. La lista de morosos con la Agencia Tributaria se ha reducido sensiblemente este año hasta los 5.853 deudores con el fisco a cierre del ejercicio fiscal de 2025, lo que representa un 2,4% menos que el año pasado. En la misma línea el importe de esas deudas que han provocado choques con Hacienda también se ha reducido un 4,4% hasta los 15.432 millones de euros.De todos los defraudadores incluidos en ese listado, 1.111 son personas físicas por importe de 1.680 millones de euros (en la lista anterior eran 1.077 por importe de 1.579 millones de euros) y 4.742 son personas jurídicas por importe de 13.752 millones (frente a los 4.920 del año anterior y 14.558 millones).Por su parte, del importe total, 4.288 millones de euros (el 28%) se corresponde con deuda de deudores en proceso concursal (1.166 deudores, el 20% del total) y, por tanto, es deuda afectada por un proceso en el que las posibilidades de cobro efectivo de las deudas se encuentran limitadas mientras dure el propio proceso concursal. En el listado anterior: algo más de 4.507 millones de euros (el 28%); 1.224 deudores, el 20% del total.Si se restan duplicidades (ya que existen importes que corresponden a deudores principales y sus responsables solidarios), el importe sería de 15.364 millones de euros, en este caso un 12,2% superior. Al cierre de 2024 Hacienda contaba con un total de 5.997 deudores de más de 600.000 euros por un importe que superaba los 16.138 millones de euros.Quiénes están incluidosPara aparecer en la ya conocida como lista de morosos con Hacienda no es suficiente con tener deudas pendientes con el fisco. Automáticamente no se traslada ese contribuyente al listado. Hace falta cumplir otros criterios: superar los 600.000 euros de deuda pendiente, no haber sido pagado transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario (por ejemplo, este martes finaliza el plazo voluntario de la Renta), estar pendientes de pago a 31 de diciembre de 2025 y que no estar aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto. Se habilita, no obstante, la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias que hubieran determinado la inclusión en el listado.De hecho, el Tribunal Supremo ha acotado esta lista. La Agencia Tributaria se vio obligada a recortarla en casi un millar de contribuyentes (958, en concreto) y a reducir las deudas reclamadas de manera pública y notoria en más de 2.200 millones de euros tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2023 en la que sentó el principio de que solo podrían incluirse a las personas físicas y jurídicas con deudas o sanciones tributarias firmes.El Alto tribunal dio respuesta así a la catarata de recursos presentados por contribuyentes con sanciones tributarias recurridas, que protestaron por ver sus nombres expuestos al escarnio público como deudores con Hacienda sin tener una sentencia que diera firmeza a esa condición, aunque lo que desencadenó en último término la resolución del Supremo fue el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social contra el Ayuntamiento de Madrid por incluir al organismo como moroso cuando aún se estaba discutiendo en los tribunales si había caso o no.  La lista de morosos con la Agencia Tributaria se ha reducido sensiblemente este año hasta los 5.853 deudores con el fisco a cierre del ejercicio fiscal de 2025, lo que representa un 2,4% menos que el año pasado. En la misma línea el importe de esas deudas que han provocado choques con Hacienda también se ha reducido un 4,4% hasta los 15.432 millones de euros.De todos los defraudadores incluidos en ese listado, 1.111 son personas físicas por importe de 1.680 millones de euros (en la lista anterior eran 1.077 por importe de 1.579 millones de euros) y 4.742 son personas jurídicas por importe de 13.752 millones (frente a los 4.920 del año anterior y 14.558 millones).Por su parte, del importe total, 4.288 millones de euros (el 28%) se corresponde con deuda de deudores en proceso concursal (1.166 deudores, el 20% del total) y, por tanto, es deuda afectada por un proceso en el que las posibilidades de cobro efectivo de las deudas se encuentran limitadas mientras dure el propio proceso concursal. En el listado anterior: algo más de 4.507 millones de euros (el 28%); 1.224 deudores, el 20% del total.Si se restan duplicidades (ya que existen importes que corresponden a deudores principales y sus responsables solidarios), el importe sería de 15.364 millones de euros, en este caso un 12,2% superior. Al cierre de 2024 Hacienda contaba con un total de 5.997 deudores de más de 600.000 euros por un importe que superaba los 16.138 millones de euros.Quiénes están incluidosPara aparecer en la ya conocida como lista de morosos con Hacienda no es suficiente con tener deudas pendientes con el fisco. Automáticamente no se traslada ese contribuyente al listado. Hace falta cumplir otros criterios: superar los 600.000 euros de deuda pendiente, no haber sido pagado transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario (por ejemplo, este martes finaliza el plazo voluntario de la Renta), estar pendientes de pago a 31 de diciembre de 2025 y que no estar aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto. Se habilita, no obstante, la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias que hubieran determinado la inclusión en el listado.De hecho, el Tribunal Supremo ha acotado esta lista. La Agencia Tributaria se vio obligada a recortarla en casi un millar de contribuyentes (958, en concreto) y a reducir las deudas reclamadas de manera pública y notoria en más de 2.200 millones de euros tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2023 en la que sentó el principio de que solo podrían incluirse a las personas físicas y jurídicas con deudas o sanciones tributarias firmes.El Alto tribunal dio respuesta así a la catarata de recursos presentados por contribuyentes con sanciones tributarias recurridas, que protestaron por ver sus nombres expuestos al escarnio público como deudores con Hacienda sin tener una sentencia que diera firmeza a esa condición, aunque lo que desencadenó en último término la resolución del Supremo fue el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social contra el Ayuntamiento de Madrid por incluir al organismo como moroso cuando aún se estaba discutiendo en los tribunales si había caso o no. RSS de noticias de economia

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