<p>A la hora de <strong>comprar o vender una vivienda</strong> es necesario realizar mucho papeleo y, por tanto, es habitual que surjan <strong>muchas dudas</strong> al respecto. Una de las más habituales tiene que ver con el<strong> Impuesto sobre Bienes e Inmuebles </strong>(IBI). Tal y como señala el <strong>ayuntamiento de Madrid </strong>es un «impuesto directo de titularidad municipal, de carácter <strong>periódico, real y obligatorio</strong> en todos los Ayuntamientos, que grava el valor de los bienes inmuebles».</p>
La persona responsable es la que figure como titular del inmueble a fecha 1 de enero del año en curso
<p>A la hora de <strong>comprar o vender una vivienda</strong> es necesario realizar mucho papeleo y, por tanto, es habitual que surjan <strong>muchas dudas</strong> al respecto. Una de las más habituales tiene que ver con el<strong> Impuesto sobre Bienes e Inmuebles </strong>(IBI). Tal y como señala el <strong>ayuntamiento de Madrid </strong>es un «impuesto directo de titularidad municipal, de carácter <strong>periódico, real y obligatorio</strong> en todos los Ayuntamientos, que grava el valor de los bienes inmuebles».</p>
Actualidad Económica