Maricarmen Abascal tiene 87 años y llevaba setenta y uno viviendo en la misma casa. Su desahucio causó una comprensible conmoción. Tanto, que su nombre ha terminado, insólitamente, en el preámbulo de un real decreto-ley. El Gobierno reconoce que su caso constituye un «elemento de inflexión» para la regulación de la vivienda. Pocas veces queda documentada con semejante claridad la distancia tan corta que puede separar una noticia de una ley.El resultado son dos decretos consecutivos que modifican profundamente las reglas del alquiler en España. El publicado el miércoles suspende determinados desahucios, interviene los alquileres temporales y por habitaciones, limita actualizaciones de rentas y altera la fiscalidad. El del jueves transforma la duración de los contratos. Cumplidos cinco años –siete si el propietario es una persona jurídica–, estos podrán prorrogarse sucesivamente por otros tantos. El propietario que quiera terminar la relación deberá avisar con seis meses y, salvo causas justificadas, indemnizar al inquilino con al menos doce mensualidades de una vivienda equivalente.La justificación es reveladora. El decreto sostiene que el propietario debe «internalizar» el coste que su decisión de no renovar traslada al inquilino. Es una concepción perfectamente reconocible de la política de vivienda: una parte creciente de la seguridad residencial que el Estado quiere garantizar se carga sobre una relación contractual entre particulares. Es el retorno en gloria y majestad del paternalismo franquista que dio origen a la renta antigua de la que disfrutó Maricarmen casi toda su vida. No fue el franquismo el que le quitó el piso, sino la democracia, aunque el decreto-ley afirme lo contrario en un preámbulo ‘fake’, El problema es que el propio Gobierno reconoce simultáneamente la existencia de un grave déficit de oferta. Cifra en 750.000 las viviendas necesarias para cubrir el desfase acumulado entre nuevos hogares y construcción. Y admite que entre 2021 y 2025 se crearon hogares más de prisa que casas. El diagnóstico esencial es, por tanto, correcto: faltan viviendas.Los decretos contienen medidas para construirlas y ampliar el parque público. Pero las casas necesitan años; las regulaciones producen titulares mañana. De ahí la tentación de actuar sobre el stock existente, repartiendo de otra manera sus costes, derechos y riesgos.El segundo decreto llega incluso a asegurar que la nueva regulación «no restringe la oferta de vivienda en alquiler». Ojalá. Pero las leyes pueden establecer obligaciones; no pueden derogar los incentivos. Encarecer la salida de un propietario de un contrato modifica necesariamente su cálculo antes de entrar en él. La discusión razonable es cuánto afectará a la oferta, no decretar que no lo hará.Queda finalmente el método. Dos reales decretos-leyes aprobados el mismo día, publicados consecutivamente porque el segundo modifica una disposición reformada por el primero, sin los trámites ordinarios de consulta pública, audiencia e información pública. Todo ello después de que un caso particular provoque, según admite el propio Ejecutivo, un «elemento de inflexión».Mari Carmen merecía una solución. España necesita muchas más viviendas. Confundir ambas cosas es precisamente el riesgo de legislar por conmoción o por emoción, y de prisa y corriendo. Maricarmen Abascal tiene 87 años y llevaba setenta y uno viviendo en la misma casa. Su desahucio causó una comprensible conmoción. Tanto, que su nombre ha terminado, insólitamente, en el preámbulo de un real decreto-ley. El Gobierno reconoce que su caso constituye un «elemento de inflexión» para la regulación de la vivienda. Pocas veces queda documentada con semejante claridad la distancia tan corta que puede separar una noticia de una ley.El resultado son dos decretos consecutivos que modifican profundamente las reglas del alquiler en España. El publicado el miércoles suspende determinados desahucios, interviene los alquileres temporales y por habitaciones, limita actualizaciones de rentas y altera la fiscalidad. El del jueves transforma la duración de los contratos. Cumplidos cinco años –siete si el propietario es una persona jurídica–, estos podrán prorrogarse sucesivamente por otros tantos. El propietario que quiera terminar la relación deberá avisar con seis meses y, salvo causas justificadas, indemnizar al inquilino con al menos doce mensualidades de una vivienda equivalente.La justificación es reveladora. El decreto sostiene que el propietario debe «internalizar» el coste que su decisión de no renovar traslada al inquilino. Es una concepción perfectamente reconocible de la política de vivienda: una parte creciente de la seguridad residencial que el Estado quiere garantizar se carga sobre una relación contractual entre particulares. Es el retorno en gloria y majestad del paternalismo franquista que dio origen a la renta antigua de la que disfrutó Maricarmen casi toda su vida. No fue el franquismo el que le quitó el piso, sino la democracia, aunque el decreto-ley afirme lo contrario en un preámbulo ‘fake’, El problema es que el propio Gobierno reconoce simultáneamente la existencia de un grave déficit de oferta. Cifra en 750.000 las viviendas necesarias para cubrir el desfase acumulado entre nuevos hogares y construcción. Y admite que entre 2021 y 2025 se crearon hogares más de prisa que casas. El diagnóstico esencial es, por tanto, correcto: faltan viviendas.Los decretos contienen medidas para construirlas y ampliar el parque público. Pero las casas necesitan años; las regulaciones producen titulares mañana. De ahí la tentación de actuar sobre el stock existente, repartiendo de otra manera sus costes, derechos y riesgos.El segundo decreto llega incluso a asegurar que la nueva regulación «no restringe la oferta de vivienda en alquiler». Ojalá. Pero las leyes pueden establecer obligaciones; no pueden derogar los incentivos. Encarecer la salida de un propietario de un contrato modifica necesariamente su cálculo antes de entrar en él. La discusión razonable es cuánto afectará a la oferta, no decretar que no lo hará.Queda finalmente el método. Dos reales decretos-leyes aprobados el mismo día, publicados consecutivamente porque el segundo modifica una disposición reformada por el primero, sin los trámites ordinarios de consulta pública, audiencia e información pública. Todo ello después de que un caso particular provoque, según admite el propio Ejecutivo, un «elemento de inflexión».Mari Carmen merecía una solución. España necesita muchas más viviendas. Confundir ambas cosas es precisamente el riesgo de legislar por conmoción o por emoción, y de prisa y corriendo. Maricarmen Abascal tiene 87 años y llevaba setenta y uno viviendo en la misma casa. Su desahucio causó una comprensible conmoción. Tanto, que su nombre ha terminado, insólitamente, en el preámbulo de un real decreto-ley. El Gobierno reconoce que su caso constituye un «elemento de inflexión» para la regulación de la vivienda. Pocas veces queda documentada con semejante claridad la distancia tan corta que puede separar una noticia de una ley.El resultado son dos decretos consecutivos que modifican profundamente las reglas del alquiler en España. El publicado el miércoles suspende determinados desahucios, interviene los alquileres temporales y por habitaciones, limita actualizaciones de rentas y altera la fiscalidad. El del jueves transforma la duración de los contratos. Cumplidos cinco años –siete si el propietario es una persona jurídica–, estos podrán prorrogarse sucesivamente por otros tantos. El propietario que quiera terminar la relación deberá avisar con seis meses y, salvo causas justificadas, indemnizar al inquilino con al menos doce mensualidades de una vivienda equivalente.La justificación es reveladora. El decreto sostiene que el propietario debe «internalizar» el coste que su decisión de no renovar traslada al inquilino. Es una concepción perfectamente reconocible de la política de vivienda: una parte creciente de la seguridad residencial que el Estado quiere garantizar se carga sobre una relación contractual entre particulares. Es el retorno en gloria y majestad del paternalismo franquista que dio origen a la renta antigua de la que disfrutó Maricarmen casi toda su vida. No fue el franquismo el que le quitó el piso, sino la democracia, aunque el decreto-ley afirme lo contrario en un preámbulo ‘fake’, El problema es que el propio Gobierno reconoce simultáneamente la existencia de un grave déficit de oferta. Cifra en 750.000 las viviendas necesarias para cubrir el desfase acumulado entre nuevos hogares y construcción. Y admite que entre 2021 y 2025 se crearon hogares más de prisa que casas. El diagnóstico esencial es, por tanto, correcto: faltan viviendas.Los decretos contienen medidas para construirlas y ampliar el parque público. Pero las casas necesitan años; las regulaciones producen titulares mañana. De ahí la tentación de actuar sobre el stock existente, repartiendo de otra manera sus costes, derechos y riesgos.El segundo decreto llega incluso a asegurar que la nueva regulación «no restringe la oferta de vivienda en alquiler». Ojalá. Pero las leyes pueden establecer obligaciones; no pueden derogar los incentivos. Encarecer la salida de un propietario de un contrato modifica necesariamente su cálculo antes de entrar en él. La discusión razonable es cuánto afectará a la oferta, no decretar que no lo hará.Queda finalmente el método. Dos reales decretos-leyes aprobados el mismo día, publicados consecutivamente porque el segundo modifica una disposición reformada por el primero, sin los trámites ordinarios de consulta pública, audiencia e información pública. Todo ello después de que un caso particular provoque, según admite el propio Ejecutivo, un «elemento de inflexión».Mari Carmen merecía una solución. España necesita muchas más viviendas. Confundir ambas cosas es precisamente el riesgo de legislar por conmoción o por emoción, y de prisa y corriendo. RSS de noticias de economia
Noticias Similares
