La paralización del proyecto para encarecer el despido en España que prometió la vicepresidenta, Yolanda Díaz, tras los pronunciamientos favorables del Comité de Derechos Sociales a sendas denuncias de UGT y CC.OO. ha llevado a las centrales que dirigen Unai Sordo y Pepe Álvarez, a recurrir al Consejo de Europa, al que se ha dirigido en una carta para que «tome nota» de los incumplimientos de España.En la misiva, remitida al Comité de Ministros del órgano europeo, los sindicatos denuncian «el grave incumplimiento creado en España» por la «falta de una voluntad política para ajustar al mandato del art. 24 de la Carta Social Europea Revisada (CSER) y por la jurisprudencia más reciente del Tribual Supremo (TS), que quiere convertir en papel mojado todo el sistema de la Carta y el modelo de control basado en el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS)».Las centrales quieren que la próxima recomendación del Consejo de Europa incluya «medidas más eficaces» para garantizar el cumplimiento en España de la Carta Social Europea, medidas adicionales de ejecución de las Decisiones de Fondo del Comité Europeo de Derechos Sociales contra España en relación con el artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada (CSER) que, en opinión de ambos sindicatos, no se está cumpliendo en el caso de nuestro país.Resistencias del Estado«Ambos sindicatos consideramos de especial importancia que el Comité de Ministros tenga en cuenta importantes hechos que se han sucedido tras la primera recomendación y que evidencian las resistencias del Estado español al cumplimiento». Por ello, en la misiva, las centrales piden «medidas más eficaces, dentro de las existentes en el sistema de la Carta, para tratar de garantizar la satisfacción por España de sus compromisos con el mandato europeo en materia de protección frente al despido sin justa causa».En los fundamentos jurídicos que ambos sindicatos exponen en su carta hacen constar que, a semejanza de lo previsto en el Convenio Europeo de Derechos Humanos respecto de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derecho Humanos, «el Estado demandado debe facilitar una información útil sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la recomendación del Comité de Ministros, conforme al art. 21 de la Carta».PronunciamientosComo ya informó ABC, el Comité Europeo de Derechos Sociales, organismo del Consejo de Europa encargado de interpretar la Carta, ha dictaminado dos veces (primero ante una reclamación de UGT y luego ante otra de CC.OO.) que España incumple este precepto por aplicar un sistema de extinción tasado en días. Y ha estimado que ni son adecuadas ni disuasorias las indemnizaciones por despido. Para Europa, estas son cuantiosas cuando la relación laboral ha sido larga, por encima del promedio europeo, pero escuálidas cuando la relación ha sido corta. Con estas sentencias el organismo con sede en Estrasburgo ha dado alas a las vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, para que intentara encarecer el despido improcedente. Extinción a la cartaDíaz ha venido reiterando que tiene intención de introducir un mecanismo para que la indemnización en un despido improcedente y, por tanto, no justificado, atienda a las circunstancias personales del trabajador despedido de manera individualizada. Como avanzó este diario ese ‘despido a la carta’ tendría en cuenta los factores personales que rodean al afectado, como podrían ser la edad, el número de hijos, la duración del contrato o la situación socioeconómica. La idea de la ministra es con ello suprimir el tope máximo de las 24 mensualidades y parece que el Supremo no la va a parar. «El Gobierno hará efectivo el programa de coalición y su compromiso con la ciudadanía, que es reformar el despido, aseguran fuentes de su departamento. Otra cosa es que tenga apoyo parlamentario para hacerlo; lo que sí va a tener en contra es a los empresarios, con los que libra una batalla prácticamente desde que está al frente de Trabajo.En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo cerró la puerta a que un juez pueda aumentar la indemnización que recibe un trabajador despedido de forma improcedente. El pleno de la Sala de lo Social ha recordado este miércoles en una sentencia que ni el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni la última actualización de la Carta Social Europea obligan a pagar más de los 33 días por año trabajado que recoge la norma laboral española, ya que en ellos «solo se indica que la indemnización debe ser adecuada». Aseguran los jueces que la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano del Consejo de Europa, no es vinculantes para los tribunales.Para los jueces del Supremo la doctrina constitucional española ha declarado como «adecuada» l a indemnización tasada de 33 días por año. «Esta fórmula legal ha venido ofreciendo seguridad jurídica y uniformidad para todos los trabajadores que, ante la pérdida del mismo empleo, son reparados en iguales términos», insiste. La paralización del proyecto para encarecer el despido en España que prometió la vicepresidenta, Yolanda Díaz, tras los pronunciamientos favorables del Comité de Derechos Sociales a sendas denuncias de UGT y CC.OO. ha llevado a las centrales que dirigen Unai Sordo y Pepe Álvarez, a recurrir al Consejo de Europa, al que se ha dirigido en una carta para que «tome nota» de los incumplimientos de España.En la misiva, remitida al Comité de Ministros del órgano europeo, los sindicatos denuncian «el grave incumplimiento creado en España» por la «falta de una voluntad política para ajustar al mandato del art. 24 de la Carta Social Europea Revisada (CSER) y por la jurisprudencia más reciente del Tribual Supremo (TS), que quiere convertir en papel mojado todo el sistema de la Carta y el modelo de control basado en el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS)».Las centrales quieren que la próxima recomendación del Consejo de Europa incluya «medidas más eficaces» para garantizar el cumplimiento en España de la Carta Social Europea, medidas adicionales de ejecución de las Decisiones de Fondo del Comité Europeo de Derechos Sociales contra España en relación con el artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada (CSER) que, en opinión de ambos sindicatos, no se está cumpliendo en el caso de nuestro país.Resistencias del Estado«Ambos sindicatos consideramos de especial importancia que el Comité de Ministros tenga en cuenta importantes hechos que se han sucedido tras la primera recomendación y que evidencian las resistencias del Estado español al cumplimiento». Por ello, en la misiva, las centrales piden «medidas más eficaces, dentro de las existentes en el sistema de la Carta, para tratar de garantizar la satisfacción por España de sus compromisos con el mandato europeo en materia de protección frente al despido sin justa causa».En los fundamentos jurídicos que ambos sindicatos exponen en su carta hacen constar que, a semejanza de lo previsto en el Convenio Europeo de Derechos Humanos respecto de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derecho Humanos, «el Estado demandado debe facilitar una información útil sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la recomendación del Comité de Ministros, conforme al art. 21 de la Carta».PronunciamientosComo ya informó ABC, el Comité Europeo de Derechos Sociales, organismo del Consejo de Europa encargado de interpretar la Carta, ha dictaminado dos veces (primero ante una reclamación de UGT y luego ante otra de CC.OO.) que España incumple este precepto por aplicar un sistema de extinción tasado en días. Y ha estimado que ni son adecuadas ni disuasorias las indemnizaciones por despido. Para Europa, estas son cuantiosas cuando la relación laboral ha sido larga, por encima del promedio europeo, pero escuálidas cuando la relación ha sido corta. Con estas sentencias el organismo con sede en Estrasburgo ha dado alas a las vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, para que intentara encarecer el despido improcedente. Extinción a la cartaDíaz ha venido reiterando que tiene intención de introducir un mecanismo para que la indemnización en un despido improcedente y, por tanto, no justificado, atienda a las circunstancias personales del trabajador despedido de manera individualizada. Como avanzó este diario ese ‘despido a la carta’ tendría en cuenta los factores personales que rodean al afectado, como podrían ser la edad, el número de hijos, la duración del contrato o la situación socioeconómica. La idea de la ministra es con ello suprimir el tope máximo de las 24 mensualidades y parece que el Supremo no la va a parar. «El Gobierno hará efectivo el programa de coalición y su compromiso con la ciudadanía, que es reformar el despido, aseguran fuentes de su departamento. Otra cosa es que tenga apoyo parlamentario para hacerlo; lo que sí va a tener en contra es a los empresarios, con los que libra una batalla prácticamente desde que está al frente de Trabajo.En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo cerró la puerta a que un juez pueda aumentar la indemnización que recibe un trabajador despedido de forma improcedente. El pleno de la Sala de lo Social ha recordado este miércoles en una sentencia que ni el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni la última actualización de la Carta Social Europea obligan a pagar más de los 33 días por año trabajado que recoge la norma laboral española, ya que en ellos «solo se indica que la indemnización debe ser adecuada». Aseguran los jueces que la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano del Consejo de Europa, no es vinculantes para los tribunales.Para los jueces del Supremo la doctrina constitucional española ha declarado como «adecuada» l a indemnización tasada de 33 días por año. «Esta fórmula legal ha venido ofreciendo seguridad jurídica y uniformidad para todos los trabajadores que, ante la pérdida del mismo empleo, son reparados en iguales términos», insiste. La paralización del proyecto para encarecer el despido en España que prometió la vicepresidenta, Yolanda Díaz, tras los pronunciamientos favorables del Comité de Derechos Sociales a sendas denuncias de UGT y CC.OO. ha llevado a las centrales que dirigen Unai Sordo y Pepe Álvarez, a recurrir al Consejo de Europa, al que se ha dirigido en una carta para que «tome nota» de los incumplimientos de España.En la misiva, remitida al Comité de Ministros del órgano europeo, los sindicatos denuncian «el grave incumplimiento creado en España» por la «falta de una voluntad política para ajustar al mandato del art. 24 de la Carta Social Europea Revisada (CSER) y por la jurisprudencia más reciente del Tribual Supremo (TS), que quiere convertir en papel mojado todo el sistema de la Carta y el modelo de control basado en el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS)».Las centrales quieren que la próxima recomendación del Consejo de Europa incluya «medidas más eficaces» para garantizar el cumplimiento en España de la Carta Social Europea, medidas adicionales de ejecución de las Decisiones de Fondo del Comité Europeo de Derechos Sociales contra España en relación con el artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada (CSER) que, en opinión de ambos sindicatos, no se está cumpliendo en el caso de nuestro país.Resistencias del Estado«Ambos sindicatos consideramos de especial importancia que el Comité de Ministros tenga en cuenta importantes hechos que se han sucedido tras la primera recomendación y que evidencian las resistencias del Estado español al cumplimiento». Por ello, en la misiva, las centrales piden «medidas más eficaces, dentro de las existentes en el sistema de la Carta, para tratar de garantizar la satisfacción por España de sus compromisos con el mandato europeo en materia de protección frente al despido sin justa causa».En los fundamentos jurídicos que ambos sindicatos exponen en su carta hacen constar que, a semejanza de lo previsto en el Convenio Europeo de Derechos Humanos respecto de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derecho Humanos, «el Estado demandado debe facilitar una información útil sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la recomendación del Comité de Ministros, conforme al art. 21 de la Carta».PronunciamientosComo ya informó ABC, el Comité Europeo de Derechos Sociales, organismo del Consejo de Europa encargado de interpretar la Carta, ha dictaminado dos veces (primero ante una reclamación de UGT y luego ante otra de CC.OO.) que España incumple este precepto por aplicar un sistema de extinción tasado en días. Y ha estimado que ni son adecuadas ni disuasorias las indemnizaciones por despido. Para Europa, estas son cuantiosas cuando la relación laboral ha sido larga, por encima del promedio europeo, pero escuálidas cuando la relación ha sido corta. Con estas sentencias el organismo con sede en Estrasburgo ha dado alas a las vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, para que intentara encarecer el despido improcedente. Extinción a la cartaDíaz ha venido reiterando que tiene intención de introducir un mecanismo para que la indemnización en un despido improcedente y, por tanto, no justificado, atienda a las circunstancias personales del trabajador despedido de manera individualizada. Como avanzó este diario ese ‘despido a la carta’ tendría en cuenta los factores personales que rodean al afectado, como podrían ser la edad, el número de hijos, la duración del contrato o la situación socioeconómica. La idea de la ministra es con ello suprimir el tope máximo de las 24 mensualidades y parece que el Supremo no la va a parar. «El Gobierno hará efectivo el programa de coalición y su compromiso con la ciudadanía, que es reformar el despido, aseguran fuentes de su departamento. Otra cosa es que tenga apoyo parlamentario para hacerlo; lo que sí va a tener en contra es a los empresarios, con los que libra una batalla prácticamente desde que está al frente de Trabajo.En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo cerró la puerta a que un juez pueda aumentar la indemnización que recibe un trabajador despedido de forma improcedente. El pleno de la Sala de lo Social ha recordado este miércoles en una sentencia que ni el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni la última actualización de la Carta Social Europea obligan a pagar más de los 33 días por año trabajado que recoge la norma laboral española, ya que en ellos «solo se indica que la indemnización debe ser adecuada». Aseguran los jueces que la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano del Consejo de Europa, no es vinculantes para los tribunales.Para los jueces del Supremo la doctrina constitucional española ha declarado como «adecuada» l a indemnización tasada de 33 días por año. «Esta fórmula legal ha venido ofreciendo seguridad jurídica y uniformidad para todos los trabajadores que, ante la pérdida del mismo empleo, son reparados en iguales términos», insiste. RSS de noticias de economia
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