La Audiencia Nacional ha absuelto a Juan Antonio Acedo Fernández, presidente y primer accionista de Urbas , así como a Juan Antonio Ibáñez, anterior presidente y segundo mayor accionista de la firma, así como a la corporación y varias sociedades vinculadas, y otros altos directivos, por el delito de estafa de inversiones del que se les acusaba tras la ampliación de capital de la compañía de 383 millones de euros de 2015.El origen del caso se produjo tras aquella ampliación y una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción, que había encontrado indicios de que se habían inflado de forma artificial el valor de los activos en los que se basaba la operación. Se trató de una ampliación efectuada mayoritariamente mediante aportaciones no dinerarias de la sociedad Aldira Inversiones Inmobiliarias, en la que se habían integrado una serie de inmuebles. Entonces, ese movimiento ya fue indispensable para evitar la quiebra del grupo, que entonces se encontraba en causa de disolución.En sus fundamentos jurídicos, la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, indica que «sea como fuere una cosa es que los informes de la ONIF y la IGAE sirvan como vehículo de transmisión de la notitia criminis, y otra bien distinta, que se constituyan en soporte de la hipótesis acusatoria« . Y apunta: «No se ha explicado convenientemente la participación individualizada de cada uno de los acusados en las distintas conductas de relevancia penal objeto de acusación y contribución al fin último de la operación cuál era engañar a los potenciales inversores», indican.En su momento, al figurar como imputados tanto la compañía como sus principales accionistas y ejecutivos, la banca cerró el grifo de la financiación a Urbas, que se vio obligada a acudir a una agresivo fondo de inversión domiciliado en Luxemburgo, Roundshield Partners, para financiar su actividad. El fondo aportó financiación a Urbas para crecer inorgánicamente, adquiriendo una serie de empresas inmobiliarias y constructoras que se encontraban también en situación delicada, a cambio de la aportación como garantía prenda sobre las acciones de las sociedades del grupo.La firma siempre ha insistido en que aquella ampliación de capital era necesaria para garantizar la viabilidad de la empresa y de sus accionistas y se hizo conforme a la ley, algo que ya habían confirmado cuatro tasadores distintos, seis auditorías y la propia CNMV antes del juicio. La compañía espera ahora que el juez a cargo del concurso de acreedores y la administración concursal actualicen sus trabajos conforme a la sentencia y se analice el valor de los activos que espera la firma. La Audiencia Nacional ha absuelto a Juan Antonio Acedo Fernández, presidente y primer accionista de Urbas , así como a Juan Antonio Ibáñez, anterior presidente y segundo mayor accionista de la firma, así como a la corporación y varias sociedades vinculadas, y otros altos directivos, por el delito de estafa de inversiones del que se les acusaba tras la ampliación de capital de la compañía de 383 millones de euros de 2015.El origen del caso se produjo tras aquella ampliación y una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción, que había encontrado indicios de que se habían inflado de forma artificial el valor de los activos en los que se basaba la operación. Se trató de una ampliación efectuada mayoritariamente mediante aportaciones no dinerarias de la sociedad Aldira Inversiones Inmobiliarias, en la que se habían integrado una serie de inmuebles. Entonces, ese movimiento ya fue indispensable para evitar la quiebra del grupo, que entonces se encontraba en causa de disolución.En sus fundamentos jurídicos, la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, indica que «sea como fuere una cosa es que los informes de la ONIF y la IGAE sirvan como vehículo de transmisión de la notitia criminis, y otra bien distinta, que se constituyan en soporte de la hipótesis acusatoria« . Y apunta: «No se ha explicado convenientemente la participación individualizada de cada uno de los acusados en las distintas conductas de relevancia penal objeto de acusación y contribución al fin último de la operación cuál era engañar a los potenciales inversores», indican.En su momento, al figurar como imputados tanto la compañía como sus principales accionistas y ejecutivos, la banca cerró el grifo de la financiación a Urbas, que se vio obligada a acudir a una agresivo fondo de inversión domiciliado en Luxemburgo, Roundshield Partners, para financiar su actividad. El fondo aportó financiación a Urbas para crecer inorgánicamente, adquiriendo una serie de empresas inmobiliarias y constructoras que se encontraban también en situación delicada, a cambio de la aportación como garantía prenda sobre las acciones de las sociedades del grupo.La firma siempre ha insistido en que aquella ampliación de capital era necesaria para garantizar la viabilidad de la empresa y de sus accionistas y se hizo conforme a la ley, algo que ya habían confirmado cuatro tasadores distintos, seis auditorías y la propia CNMV antes del juicio. La compañía espera ahora que el juez a cargo del concurso de acreedores y la administración concursal actualicen sus trabajos conforme a la sentencia y se analice el valor de los activos que espera la firma. La Audiencia Nacional ha absuelto a Juan Antonio Acedo Fernández, presidente y primer accionista de Urbas , así como a Juan Antonio Ibáñez, anterior presidente y segundo mayor accionista de la firma, así como a la corporación y varias sociedades vinculadas, y otros altos directivos, por el delito de estafa de inversiones del que se les acusaba tras la ampliación de capital de la compañía de 383 millones de euros de 2015.El origen del caso se produjo tras aquella ampliación y una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción, que había encontrado indicios de que se habían inflado de forma artificial el valor de los activos en los que se basaba la operación. Se trató de una ampliación efectuada mayoritariamente mediante aportaciones no dinerarias de la sociedad Aldira Inversiones Inmobiliarias, en la que se habían integrado una serie de inmuebles. Entonces, ese movimiento ya fue indispensable para evitar la quiebra del grupo, que entonces se encontraba en causa de disolución.En sus fundamentos jurídicos, la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, indica que «sea como fuere una cosa es que los informes de la ONIF y la IGAE sirvan como vehículo de transmisión de la notitia criminis, y otra bien distinta, que se constituyan en soporte de la hipótesis acusatoria« . Y apunta: «No se ha explicado convenientemente la participación individualizada de cada uno de los acusados en las distintas conductas de relevancia penal objeto de acusación y contribución al fin último de la operación cuál era engañar a los potenciales inversores», indican.En su momento, al figurar como imputados tanto la compañía como sus principales accionistas y ejecutivos, la banca cerró el grifo de la financiación a Urbas, que se vio obligada a acudir a una agresivo fondo de inversión domiciliado en Luxemburgo, Roundshield Partners, para financiar su actividad. El fondo aportó financiación a Urbas para crecer inorgánicamente, adquiriendo una serie de empresas inmobiliarias y constructoras que se encontraban también en situación delicada, a cambio de la aportación como garantía prenda sobre las acciones de las sociedades del grupo.La firma siempre ha insistido en que aquella ampliación de capital era necesaria para garantizar la viabilidad de la empresa y de sus accionistas y se hizo conforme a la ley, algo que ya habían confirmado cuatro tasadores distintos, seis auditorías y la propia CNMV antes del juicio. La compañía espera ahora que el juez a cargo del concurso de acreedores y la administración concursal actualicen sus trabajos conforme a la sentencia y se analice el valor de los activos que espera la firma. RSS de noticias de economia
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