Un informe del letrado del Ayuntamiento de Córdoba no ve «motivo alguno» y tampoco «fundamento jurídico» para decisión del consejo de administración de la empresa pública de limpieza de la ciudad , Sadeco, de no ejercer acciones legales para iniciar un procedimiento de reintegro por alcance y posible irregularidades en la gestión de los fondos públicos de Sadeco, como consecuencia de un incremento no justificado del gasto con cargo al Fondo Social en el ejercicio 2021.El documento, al que ha tenido acceso ABC, señala que la propuesta presentada al consejo de administración de Sadeco de no ejercer estas acciones legales «supone revocar y dejar sin efecto el acuerdo adoptado en su día para el ejercicio de acciones por presuntas irregularidades contables derivadas de la gestión del fondo social, por infracción de lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021».Por este motivo, el letrado titular del Ayuntamiento, Miguel Aguilar, señala en su informe que «no existe motivo razonable alguno ni fundamento jurídico para no continuar con el ejercicio de la acción contra todos los presuntos responsables reseñados en el acta de liquidación provisional practicada por la Instructora de la Sección Primera de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas en las actuaciones previas número 93/2025». Considera el jurista del consistorio que «dado que existencia de indicios racionales de la producción del alcance y de sus presuntos responsables no deriva de lo apreciado por los informes jurídicos emitidos, sino de lo establecido en el acta de liquidación provisional, y que ningún informe ha desvirtuado, sin perjuicio de lo que el de responsabilidad contable. Por tanto, el letrado del Ayuntamiento incluso advierte al encargado de llevar la defensa jurídica de Sadeco los riesgos a los que se expone si no sigue adelante con el acuerdo inicial, y ahora revocado, de ejercer esas acciones legales por posibles irregularidades contables. «La representación procesal de Sadeco en el proceso ante el Tribunal de Cuentas recibió en su día un mandato del consejo de administración, cuando acordó el ejercicio de acciones, al que está vinculado y debe continuar con la tramitación de todo el proceso o renunciar a la defensa de la entidad, lo que supondría el incumplimiento del contrato de servicios en su día adjudicado».A su jucio de Aguilar, la adopción del acuerdo propuesto ahora «implica el perjuicio directo a la empresa en la cantidad fijada como alcance, sin pronunciamiento jurisdiccional alguno y puede implicar que los miembros del consejo que voten a favor puedan incurrir en responsabilidad contable directa por omitir su persecución de los que intervinieron directamente». Un informe del letrado del Ayuntamiento de Córdoba no ve «motivo alguno» y tampoco «fundamento jurídico» para decisión del consejo de administración de la empresa pública de limpieza de la ciudad , Sadeco, de no ejercer acciones legales para iniciar un procedimiento de reintegro por alcance y posible irregularidades en la gestión de los fondos públicos de Sadeco, como consecuencia de un incremento no justificado del gasto con cargo al Fondo Social en el ejercicio 2021.El documento, al que ha tenido acceso ABC, señala que la propuesta presentada al consejo de administración de Sadeco de no ejercer estas acciones legales «supone revocar y dejar sin efecto el acuerdo adoptado en su día para el ejercicio de acciones por presuntas irregularidades contables derivadas de la gestión del fondo social, por infracción de lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021».Por este motivo, el letrado titular del Ayuntamiento, Miguel Aguilar, señala en su informe que «no existe motivo razonable alguno ni fundamento jurídico para no continuar con el ejercicio de la acción contra todos los presuntos responsables reseñados en el acta de liquidación provisional practicada por la Instructora de la Sección Primera de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas en las actuaciones previas número 93/2025». Considera el jurista del consistorio que «dado que existencia de indicios racionales de la producción del alcance y de sus presuntos responsables no deriva de lo apreciado por los informes jurídicos emitidos, sino de lo establecido en el acta de liquidación provisional, y que ningún informe ha desvirtuado, sin perjuicio de lo que el de responsabilidad contable. Por tanto, el letrado del Ayuntamiento incluso advierte al encargado de llevar la defensa jurídica de Sadeco los riesgos a los que se expone si no sigue adelante con el acuerdo inicial, y ahora revocado, de ejercer esas acciones legales por posibles irregularidades contables. «La representación procesal de Sadeco en el proceso ante el Tribunal de Cuentas recibió en su día un mandato del consejo de administración, cuando acordó el ejercicio de acciones, al que está vinculado y debe continuar con la tramitación de todo el proceso o renunciar a la defensa de la entidad, lo que supondría el incumplimiento del contrato de servicios en su día adjudicado».A su jucio de Aguilar, la adopción del acuerdo propuesto ahora «implica el perjuicio directo a la empresa en la cantidad fijada como alcance, sin pronunciamiento jurisdiccional alguno y puede implicar que los miembros del consejo que voten a favor puedan incurrir en responsabilidad contable directa por omitir su persecución de los que intervinieron directamente». Un informe del letrado del Ayuntamiento de Córdoba no ve «motivo alguno» y tampoco «fundamento jurídico» para decisión del consejo de administración de la empresa pública de limpieza de la ciudad , Sadeco, de no ejercer acciones legales para iniciar un procedimiento de reintegro por alcance y posible irregularidades en la gestión de los fondos públicos de Sadeco, como consecuencia de un incremento no justificado del gasto con cargo al Fondo Social en el ejercicio 2021.El documento, al que ha tenido acceso ABC, señala que la propuesta presentada al consejo de administración de Sadeco de no ejercer estas acciones legales «supone revocar y dejar sin efecto el acuerdo adoptado en su día para el ejercicio de acciones por presuntas irregularidades contables derivadas de la gestión del fondo social, por infracción de lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021».Por este motivo, el letrado titular del Ayuntamiento, Miguel Aguilar, señala en su informe que «no existe motivo razonable alguno ni fundamento jurídico para no continuar con el ejercicio de la acción contra todos los presuntos responsables reseñados en el acta de liquidación provisional practicada por la Instructora de la Sección Primera de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas en las actuaciones previas número 93/2025». Considera el jurista del consistorio que «dado que existencia de indicios racionales de la producción del alcance y de sus presuntos responsables no deriva de lo apreciado por los informes jurídicos emitidos, sino de lo establecido en el acta de liquidación provisional, y que ningún informe ha desvirtuado, sin perjuicio de lo que el de responsabilidad contable. Por tanto, el letrado del Ayuntamiento incluso advierte al encargado de llevar la defensa jurídica de Sadeco los riesgos a los que se expone si no sigue adelante con el acuerdo inicial, y ahora revocado, de ejercer esas acciones legales por posibles irregularidades contables. «La representación procesal de Sadeco en el proceso ante el Tribunal de Cuentas recibió en su día un mandato del consejo de administración, cuando acordó el ejercicio de acciones, al que está vinculado y debe continuar con la tramitación de todo el proceso o renunciar a la defensa de la entidad, lo que supondría el incumplimiento del contrato de servicios en su día adjudicado».A su jucio de Aguilar, la adopción del acuerdo propuesto ahora «implica el perjuicio directo a la empresa en la cantidad fijada como alcance, sin pronunciamiento jurisdiccional alguno y puede implicar que los miembros del consejo que voten a favor puedan incurrir en responsabilidad contable directa por omitir su persecución de los que intervinieron directamente». 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