La Generalitat Valenciana pleiterá contra el Gobierno si mantiene su cambio «por la puerta de atrás» de los deslindes en la costa, en virtud de una nueva normativa en proceso de aprobación.Su «rechazo frontal» se refiere al proyecto de real decreto impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que modifica los criterios para delimitar el dominio público marítimo-terrestre (DPMT), al considerar que supone una alteración sustancial del régimen vigente, genera una grave inseguridad jurídica y amenaza el equilibrio entre la protección ambiental y el desarrollo económico del litoral valenciano. El conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus, ha advertido de que el Ejecutivo de Pedro Sánchez «pretende sustituir un criterio técnico consolidado durante décadas por otro basado en un único episodio excepcional de temporal», una decisión que considera «desproporcionada, arbitraria y carente de la estabilidad que exige cualquier delimitación del dominio público». Por ello, el Consell mantiene su petición al Ministerio para que rectifique el texto durante la tramitación del decreto. En caso contrario, la Generalitat anuncia que defenderá los intereses de la Comunitat Valenciana en todas las instancias, incluida la vía judicial. A juicio del vicepresidente tercero, no se puede alterar de esta manera repentina un elemento esencial de la Ley de Costa y «no tiene sentido que un único temporal excepcional pueda modificar el deslinde de toda la costa».En definitiva, el dirigente autonómico insiste en que «las normas deben basarse en criterios estables y repetidos, no en un episodio aislado que, por definición, es extraordinario: eso genera una enorme inseguridad jurídica para ciudadanos, empresas y administraciones».La Generalitat recuerda que la Comunitat Valenciana posee uno de los litorales más extensos y estratégicos de España, donde la actividad turística, económica y social convive con un patrimonio natural de enorme valor.Por ello, defiende que la protección del dominio público marítimo-terrestre, recogida en el artículo 132 de la Constitución, debe compatibilizarse con la seguridad jurídica, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento racional del litoral.AlegacionesLa Generalitat ya presentó alegaciones al Ministerio solicitando mantener el criterio actualmente vigente, según el cual el límite del DPMT debe determinarse por el punto alcanzado por las olas en los mayores temporales conocidos cuando estos se hayan producido de forma reiterada, y rechaza que baste un único episodio para alterar el deslinde.Para la Generalitat, aceptar esa modificación supone convertir un fenómeno excepcional en una regla general, provocando un efecto expansivo del dominio público que no responde a criterios de proporcionalidad, estabilidad ni rigor técnico.Martínez Mus ha ilustrado las consecuencias del cambio mediante una comparación con las inundaciones provocadas por la riada del 29 de octubre de 2024. «Es como si, después de la dana de octubre de 2024, todo el terreno que se inundó pasara automáticamente a ser dominio público hidráulico. Nadie entendería una decisión así. En la costa debe aplicarse el mismo principio: los fenómenos excepcionales no pueden convertirse en la regla para delimitar el dominio público».En este sentido, la Generalitat recuerda que, aplicando ese mismo razonamiento al dominio público hidráulico, decenas de municipios valencianos verían transformada una parte muy significativa de su término municipal en dominio público únicamente por haber sufrido una inundación extraordinaria, una interpretación que resultaría jurídicamente insostenible y contraria a los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad.Asimismo, el Consell cuestiona la amplitud de los sistemas de medición previstos en el proyecto de decreto, que permiten utilizar boyas, satélites o cualquier otro dato oceanográfico o meteorológico sin establecer indicadores técnicos suficientemente objetivos, reiterados y verificables, lo que incrementa la discrecionalidad administrativa en futuros procedimientos de deslinde.Finalmente, pone el foco en que un cambio de esta trascendencia no puede introducirse mediante un reglamento, sino que requeriría un debate parlamentario y una modificación de la legislación estatal de costas, dada la enorme repercusión que tendría sobre la propiedad, la planificación urbanística, la actividad económica y la seguridad jurídica de miles de ciudadanos. La Generalitat Valenciana pleiterá contra el Gobierno si mantiene su cambio «por la puerta de atrás» de los deslindes en la costa, en virtud de una nueva normativa en proceso de aprobación.Su «rechazo frontal» se refiere al proyecto de real decreto impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que modifica los criterios para delimitar el dominio público marítimo-terrestre (DPMT), al considerar que supone una alteración sustancial del régimen vigente, genera una grave inseguridad jurídica y amenaza el equilibrio entre la protección ambiental y el desarrollo económico del litoral valenciano. El conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus, ha advertido de que el Ejecutivo de Pedro Sánchez «pretende sustituir un criterio técnico consolidado durante décadas por otro basado en un único episodio excepcional de temporal», una decisión que considera «desproporcionada, arbitraria y carente de la estabilidad que exige cualquier delimitación del dominio público». Por ello, el Consell mantiene su petición al Ministerio para que rectifique el texto durante la tramitación del decreto. En caso contrario, la Generalitat anuncia que defenderá los intereses de la Comunitat Valenciana en todas las instancias, incluida la vía judicial. A juicio del vicepresidente tercero, no se puede alterar de esta manera repentina un elemento esencial de la Ley de Costa y «no tiene sentido que un único temporal excepcional pueda modificar el deslinde de toda la costa».En definitiva, el dirigente autonómico insiste en que «las normas deben basarse en criterios estables y repetidos, no en un episodio aislado que, por definición, es extraordinario: eso genera una enorme inseguridad jurídica para ciudadanos, empresas y administraciones».La Generalitat recuerda que la Comunitat Valenciana posee uno de los litorales más extensos y estratégicos de España, donde la actividad turística, económica y social convive con un patrimonio natural de enorme valor.Por ello, defiende que la protección del dominio público marítimo-terrestre, recogida en el artículo 132 de la Constitución, debe compatibilizarse con la seguridad jurídica, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento racional del litoral.AlegacionesLa Generalitat ya presentó alegaciones al Ministerio solicitando mantener el criterio actualmente vigente, según el cual el límite del DPMT debe determinarse por el punto alcanzado por las olas en los mayores temporales conocidos cuando estos se hayan producido de forma reiterada, y rechaza que baste un único episodio para alterar el deslinde.Para la Generalitat, aceptar esa modificación supone convertir un fenómeno excepcional en una regla general, provocando un efecto expansivo del dominio público que no responde a criterios de proporcionalidad, estabilidad ni rigor técnico.Martínez Mus ha ilustrado las consecuencias del cambio mediante una comparación con las inundaciones provocadas por la riada del 29 de octubre de 2024. «Es como si, después de la dana de octubre de 2024, todo el terreno que se inundó pasara automáticamente a ser dominio público hidráulico. Nadie entendería una decisión así. En la costa debe aplicarse el mismo principio: los fenómenos excepcionales no pueden convertirse en la regla para delimitar el dominio público».En este sentido, la Generalitat recuerda que, aplicando ese mismo razonamiento al dominio público hidráulico, decenas de municipios valencianos verían transformada una parte muy significativa de su término municipal en dominio público únicamente por haber sufrido una inundación extraordinaria, una interpretación que resultaría jurídicamente insostenible y contraria a los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad.Asimismo, el Consell cuestiona la amplitud de los sistemas de medición previstos en el proyecto de decreto, que permiten utilizar boyas, satélites o cualquier otro dato oceanográfico o meteorológico sin establecer indicadores técnicos suficientemente objetivos, reiterados y verificables, lo que incrementa la discrecionalidad administrativa en futuros procedimientos de deslinde.Finalmente, pone el foco en que un cambio de esta trascendencia no puede introducirse mediante un reglamento, sino que requeriría un debate parlamentario y una modificación de la legislación estatal de costas, dada la enorme repercusión que tendría sobre la propiedad, la planificación urbanística, la actividad económica y la seguridad jurídica de miles de ciudadanos. La Generalitat Valenciana pleiterá contra el Gobierno si mantiene su cambio «por la puerta de atrás» de los deslindes en la costa, en virtud de una nueva normativa en proceso de aprobación.Su «rechazo frontal» se refiere al proyecto de real decreto impulsado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que modifica los criterios para delimitar el dominio público marítimo-terrestre (DPMT), al considerar que supone una alteración sustancial del régimen vigente, genera una grave inseguridad jurídica y amenaza el equilibrio entre la protección ambiental y el desarrollo económico del litoral valenciano. El conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus, ha advertido de que el Ejecutivo de Pedro Sánchez «pretende sustituir un criterio técnico consolidado durante décadas por otro basado en un único episodio excepcional de temporal», una decisión que considera «desproporcionada, arbitraria y carente de la estabilidad que exige cualquier delimitación del dominio público». Por ello, el Consell mantiene su petición al Ministerio para que rectifique el texto durante la tramitación del decreto. En caso contrario, la Generalitat anuncia que defenderá los intereses de la Comunitat Valenciana en todas las instancias, incluida la vía judicial. A juicio del vicepresidente tercero, no se puede alterar de esta manera repentina un elemento esencial de la Ley de Costa y «no tiene sentido que un único temporal excepcional pueda modificar el deslinde de toda la costa».En definitiva, el dirigente autonómico insiste en que «las normas deben basarse en criterios estables y repetidos, no en un episodio aislado que, por definición, es extraordinario: eso genera una enorme inseguridad jurídica para ciudadanos, empresas y administraciones».La Generalitat recuerda que la Comunitat Valenciana posee uno de los litorales más extensos y estratégicos de España, donde la actividad turística, económica y social convive con un patrimonio natural de enorme valor.Por ello, defiende que la protección del dominio público marítimo-terrestre, recogida en el artículo 132 de la Constitución, debe compatibilizarse con la seguridad jurídica, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento racional del litoral.AlegacionesLa Generalitat ya presentó alegaciones al Ministerio solicitando mantener el criterio actualmente vigente, según el cual el límite del DPMT debe determinarse por el punto alcanzado por las olas en los mayores temporales conocidos cuando estos se hayan producido de forma reiterada, y rechaza que baste un único episodio para alterar el deslinde.Para la Generalitat, aceptar esa modificación supone convertir un fenómeno excepcional en una regla general, provocando un efecto expansivo del dominio público que no responde a criterios de proporcionalidad, estabilidad ni rigor técnico.Martínez Mus ha ilustrado las consecuencias del cambio mediante una comparación con las inundaciones provocadas por la riada del 29 de octubre de 2024. «Es como si, después de la dana de octubre de 2024, todo el terreno que se inundó pasara automáticamente a ser dominio público hidráulico. Nadie entendería una decisión así. En la costa debe aplicarse el mismo principio: los fenómenos excepcionales no pueden convertirse en la regla para delimitar el dominio público».En este sentido, la Generalitat recuerda que, aplicando ese mismo razonamiento al dominio público hidráulico, decenas de municipios valencianos verían transformada una parte muy significativa de su término municipal en dominio público únicamente por haber sufrido una inundación extraordinaria, una interpretación que resultaría jurídicamente insostenible y contraria a los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad.Asimismo, el Consell cuestiona la amplitud de los sistemas de medición previstos en el proyecto de decreto, que permiten utilizar boyas, satélites o cualquier otro dato oceanográfico o meteorológico sin establecer indicadores técnicos suficientemente objetivos, reiterados y verificables, lo que incrementa la discrecionalidad administrativa en futuros procedimientos de deslinde.Finalmente, pone el foco en que un cambio de esta trascendencia no puede introducirse mediante un reglamento, sino que requeriría un debate parlamentario y una modificación de la legislación estatal de costas, dada la enorme repercusión que tendría sobre la propiedad, la planificación urbanística, la actividad económica y la seguridad jurídica de miles de ciudadanos. 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