«Es una ley que revienta las costuras del sistema estatal: crea un circuito administrativo paralelo, que permite que una misma persona figure de distinta manera según en qué Administración consulte sus datos». Algunos colectivos feministas estatales y autonómicos advierten en declaraciones a ABC sobre los riesgos de la nueva ley catalana de derechos LGTBI -‘ley trans’-, la Ley 13/2025, de 29 de diciembre, que entró en vigor el pasado 20 de enero y que ha impulsado de forma pionera la obligación de introducir una tercera casilla, junto a la de hombre o mujer, en los formularios y documentos oficiales, ‘ la del no binario’, permitiendo así un registro autonómico de ‘identidad de género’ paralelo al del registro oficial del Estado. La plataforma LGTBI, por contra, defiende la normativa porque, a su juicio, «actualiza derechos e incorpora la diversidad social» y critica «las posiciones feministas transexcluyentes».Cataluña es actualmente la única comunidad autónoma que fija expresamente por ley la obligación de incorporar esa tercera opción en los formularios y documentos administrativos. Otras comunidades como Canarias, País Vasco o Navarra también reconocen jurídicamente la identidad no binaria y amparan que las personas puedan identificarse de acuerdo con ella en sus relaciones con la Administración, pero sus leyes no obligan a introducir esa tercera casilla. Formulario oficial de ayudas al alquiler correspondiente a 2026 de la Agència de l’Habitatge de Catalunya de la Generalitat que incluye la tercera casilla. ABCEn su artículo 10, la norma catalana, consultada por este diario, obliga a «las administraciones públicas a incorporar en sus formularios, documentos administrativos y sistemas de información correspondientes las opciones de ‘hombre’, ‘mujer’ y ‘no binario’ , siempre que la recogida de este dato sea imprescindible para la finalidad del trámite», convirtiéndose así en la primera comunidad autónoma en establecer la obligatoriedad de instaurar esta tercera casilla de género en la documentación oficial. También obliga a establecer mecanismos para que las personas sean tratadas conforme al nombre y la identidad de género manifestada, sin exigir un informe médico o psicológico que lo acredite.De este modo, Cataluña establece un mecanismo de «comunicación de identidad de género» que permite declarar una identidad diferente de la que consta en el registro estatal o en los documentos oficiales como el DNI. Esta comunicación puede realizarse por vía electrónica, mediante comparecencia personal o a través de la Red de Servicios de Atención Integral y, una vez efectuada, «produce plenos efectos en cuanto al trato y la identificación de la persona» ante las administraciones catalanas. Este aspecto de la nueva ley ha generado controversia entre los propios colectivos feministas. Algunos, los más críticos, consideran que es un riesgo porque esta doble identidad que promueve «crea inseguridad jurídica» y «contradice la Ley de Igualdad» , que obliga a los poderes públicos a incluir sistemáticamente la variable ‘sexo’ en todas sus estadísticas, encuestas y recogida de datos.«La ley catalana trasciende la estatal (Ley 4/2023, de 28 de febrero) al crear un registro administrativo de la ‘identidad de género’ y permitir que cualquier hombre deba ser reconocido como mujer mediante una simple comunicación por vía electrónica, sin que tenga ni tan siquiera que pasar por el Registro Civil. El resultado es que las y los catalanes tendrán dos categorías de identificación: una para relacionarse con la Administración General del Estado y otra para relacionarse con la Administración de Cataluña», advierten en declaraciones a ABC desde la Alianza contra el Borrado de las Mujeres . La nueva ley catalana obliga a establecer mecanismos para que las personas sean tratadas conforme al nombre y la identidad de género manifestada, sin exigir un informe médico o psicológico que lo acrediteA juicio de la alianza feminista, la ley catalana agrava así la ruptura estadística introducida por la autodeterminación registral del sexo. «Llamarse Eva en Madrid y Juan en Barcelona amenaza el rigor de las estadísticas oficiales», advierten. Según el colectivo, «la categoría ‘no binario’ impide la aplicación de todas las normas jurídicas que separan por sexos para proteger a las mujeres o para compensar la desigualdad que sufren por el hecho de ser mujeres. Además, confunde, intencionadamente, categorías incomparables como son sexo y género. El género no es un apunte registral legalmente establecido, pero su incorporación a registros administrativos está dinamitando la veracidad de los datos registrales», puntualizan. El CGPJ vetó la tercera casilla en la ley estatalRecuerdan, además, que el Consejo General del Poder Judicial, en su informe relativo a la ley trans estatal, «consideró oportuno que no se incluyese la categoría «no binario», por alejarse de los demás ordenamientos nacionales».La cuestión central para las organizaciones críticas es qué ocurre cuando la identidad de género manifestada ante la Administración catalana no coincide con el sexo que figura en la documentación oficial del Estado. El artículo 9 establece en este sentido mecanismos para que las personas trans puedan disponer de documentación administrativa adecuada mientras no se formalice la rectificación registral y la documentación identificativa dependiente de la Administración estatal. «La categoría ‘género no binario’ impide medir las brechas sexistas y conlleva la destrucción del principio de veracidad que es exigible a las estadísticas oficiales» Alianza contra el Borrado de las MujeresPor su parte, la Asociación de Feministas de Cataluña considera que «el mecanismo supone un paso más en la incorporación de las teorías sobre identidad de género al ordenamiento catalán». Su portavoz, Silvia Carrasco, sostiene que la aprobación del nuevo marco normativo se produjo «sin debate social ni político» y «por las puertas de atrás».Recuerda también el intento del Govern de ERC de impulsar en 2022 una legislación catalana para estos colectivos que no llegó a superar la fase de consulta pública. Según explica, aquel proyecto pretendía introducir, entre otras cuestiones, la categoría de «persona no binaria». La iniciativa acabaría desembocando, tras su tramitación, en la nueva Ley 13/2025.Multas de hasta 500.000 eurosEn el otro extremo del debate se encuentran la Plataforma de Entidades LGBTIQA+ de Cataluña y algunas asociaciones feministas, que ven en la nueva ley catalana una esperada reforma del marco normativo en Cataluña que pone fin a discriminaciones históricas. La Plataforma considera que la norma «actualiza derechos e incorpora la diversidad social», aunque reclama que «se despliegue plenamente», con recursos y en todo el territorio.En declaraciones a ABC la entidad reivindica que los derechos trans «forman parte de los derechos LGBTI» y «no son incompatibles con los derechos de las mujeres». Critica, asimismo, las posiciones feministas transexcluyentes y defiende un movimiento «diverso, inclusivo e integrador», aunque reconoce dinámicas machistas internas que deben combatirse. La Plataforma LGTBI celebra la nueva ley y critica las posiciones feministas transexcluyentes. «Los derechos de unas personas no son una amenaza para los derechos de otras» Alberto Marín Presidente de la Plataforma LGTBI de Cataluña«El movimiento LGBTI no excluye a nadie. Somos un movimiento diverso, inclusivo e integrador, que históricamente ha construido alianzas con el feminismo y con otros movimientos sociales. Eso no significa que no tengamos que hacer autocrítica. En el propio movimiento LGBTI todavía existen dinámicas machistas y misoginia, y tenemos la obligación de combatirlas», afirma Alberto Marín , presidente de la Plataforma LGTBI de Cataluña. Su mensaje: «los derechos de unas personas no son una amenaza para los derechos de otras».Otro de los aspectos destacados por los colectivos críticos es el régimen sancionador. La Ley 13/2025 establece multas de entre 300 y 10.000 euros para las infracciones leves; de 10.001 a 40.000 euros para las graves, y de 40.001 a 500.000 euros para las muy graves. En este sentido, la portavoz de la asociación feminista catalana recuerda que a las administraciones que incumplen la adaptación de los formularios se enfrentan a sanciones graves.La ley autonómica también amplía los plazos de prescripción de las infracciones: un año para las leves, tres para las graves y cuatro para las muy graves. Carrasco señala que el nuevo marco normativo amplía «bastante la lista de hechos sancionables» y advierte de sus posibles efectos sobre la docencia y la investigación. «No puede ser que en una clase de Economía en la universidad activistas queer protesten cuando el profesor presenta un gráfico de brecha salarial por sexos que contempla a hombres y mujeres y no al género no binario; se paralice la clase, y la universidad desautorice al docente y les apoye», denuncia.La Generalitat defiende la reforma: «Garantiza que en Cataluña pueda vivirse la diversidad sexual y de género en libertad y reforzar la erradicación de la LGBTIfobia»Mediación entre padres y menores trans en el acceso a los tratamientos Otro de los aspectos controvertidos de la ley catalana son los cambios que introduce respecto al acceso a los tratamientos médicos para la transición por parte de los menores. En este sentido, la ley catalana establece en su artículo 44.1.d que, en los menores de 16 años, los tratamientos médicos para la transición requieren el consentimiento del menor y de sus representantes legales. Para los adolescentes de 12 a 16 años, cuando existe discrepancia con los padres sobre estas decisiones, la norma contempla la posibilidad de recurrir a un servicio de mediación del departamento competente en materia de Justicia para abordar el conflicto. La nueva ley autonómica establece también como un «deber» de las administraciones públicas la tarea de «promover y recuperar la memoria democrática de los movimientos LGBTI», a través de «la investigación y la creación de espacios de memoria». El articulado exige también que, «de forma específica», se acabe con la «invisibilización» de las lesbianas y las personas trans. Asimismo, consolida la Red de Servicios de Atención Integral LGBTI y refuerza las obligaciones de formación y sensibilización de las administraciones y de determinados profesionales de ámbitos como la educación, la sanidad, los servicios sociales, el deporte o la justicia, y fija deberes de intervención ante situaciones de discriminación o violencia por orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.La Generalitat, por su parte, defiende la reforma como una actualización del marco vigente después de una década de aplicación de políticas LGBTI. Su objetivo, según refiere en el preámbulo de la ley, es «garantizar que en Cataluña pueda vivirse la diversidad sexual y de género en libertad y reforzar la prevención, reparación y erradicación de la LGBTI-fobia».Mientras la Generalitat presenta la Ley 13/2025 como una «ampliación de derechos y garantías frente a la discriminación», las organizaciones feministas críticas consideran que la nueva regulación introduce una concepción de la identidad que puede entrar en tensión con la recogida de datos por sexo y con las políticas específicamente dirigidas a las mujeres. «Es una ley que revienta las costuras del sistema estatal: crea un circuito administrativo paralelo, que permite que una misma persona figure de distinta manera según en qué Administración consulte sus datos». Algunos colectivos feministas estatales y autonómicos advierten en declaraciones a ABC sobre los riesgos de la nueva ley catalana de derechos LGTBI -‘ley trans’-, la Ley 13/2025, de 29 de diciembre, que entró en vigor el pasado 20 de enero y que ha impulsado de forma pionera la obligación de introducir una tercera casilla, junto a la de hombre o mujer, en los formularios y documentos oficiales, ‘ la del no binario’, permitiendo así un registro autonómico de ‘identidad de género’ paralelo al del registro oficial del Estado. La plataforma LGTBI, por contra, defiende la normativa porque, a su juicio, «actualiza derechos e incorpora la diversidad social» y critica «las posiciones feministas transexcluyentes».Cataluña es actualmente la única comunidad autónoma que fija expresamente por ley la obligación de incorporar esa tercera opción en los formularios y documentos administrativos. Otras comunidades como Canarias, País Vasco o Navarra también reconocen jurídicamente la identidad no binaria y amparan que las personas puedan identificarse de acuerdo con ella en sus relaciones con la Administración, pero sus leyes no obligan a introducir esa tercera casilla. Formulario oficial de ayudas al alquiler correspondiente a 2026 de la Agència de l’Habitatge de Catalunya de la Generalitat que incluye la tercera casilla. ABCEn su artículo 10, la norma catalana, consultada por este diario, obliga a «las administraciones públicas a incorporar en sus formularios, documentos administrativos y sistemas de información correspondientes las opciones de ‘hombre’, ‘mujer’ y ‘no binario’ , siempre que la recogida de este dato sea imprescindible para la finalidad del trámite», convirtiéndose así en la primera comunidad autónoma en establecer la obligatoriedad de instaurar esta tercera casilla de género en la documentación oficial. También obliga a establecer mecanismos para que las personas sean tratadas conforme al nombre y la identidad de género manifestada, sin exigir un informe médico o psicológico que lo acredite.De este modo, Cataluña establece un mecanismo de «comunicación de identidad de género» que permite declarar una identidad diferente de la que consta en el registro estatal o en los documentos oficiales como el DNI. Esta comunicación puede realizarse por vía electrónica, mediante comparecencia personal o a través de la Red de Servicios de Atención Integral y, una vez efectuada, «produce plenos efectos en cuanto al trato y la identificación de la persona» ante las administraciones catalanas. Este aspecto de la nueva ley ha generado controversia entre los propios colectivos feministas. Algunos, los más críticos, consideran que es un riesgo porque esta doble identidad que promueve «crea inseguridad jurídica» y «contradice la Ley de Igualdad» , que obliga a los poderes públicos a incluir sistemáticamente la variable ‘sexo’ en todas sus estadísticas, encuestas y recogida de datos.«La ley catalana trasciende la estatal (Ley 4/2023, de 28 de febrero) al crear un registro administrativo de la ‘identidad de género’ y permitir que cualquier hombre deba ser reconocido como mujer mediante una simple comunicación por vía electrónica, sin que tenga ni tan siquiera que pasar por el Registro Civil. El resultado es que las y los catalanes tendrán dos categorías de identificación: una para relacionarse con la Administración General del Estado y otra para relacionarse con la Administración de Cataluña», advierten en declaraciones a ABC desde la Alianza contra el Borrado de las Mujeres . La nueva ley catalana obliga a establecer mecanismos para que las personas sean tratadas conforme al nombre y la identidad de género manifestada, sin exigir un informe médico o psicológico que lo acrediteA juicio de la alianza feminista, la ley catalana agrava así la ruptura estadística introducida por la autodeterminación registral del sexo. «Llamarse Eva en Madrid y Juan en Barcelona amenaza el rigor de las estadísticas oficiales», advierten. Según el colectivo, «la categoría ‘no binario’ impide la aplicación de todas las normas jurídicas que separan por sexos para proteger a las mujeres o para compensar la desigualdad que sufren por el hecho de ser mujeres. Además, confunde, intencionadamente, categorías incomparables como son sexo y género. El género no es un apunte registral legalmente establecido, pero su incorporación a registros administrativos está dinamitando la veracidad de los datos registrales», puntualizan. El CGPJ vetó la tercera casilla en la ley estatalRecuerdan, además, que el Consejo General del Poder Judicial, en su informe relativo a la ley trans estatal, «consideró oportuno que no se incluyese la categoría «no binario», por alejarse de los demás ordenamientos nacionales».La cuestión central para las organizaciones críticas es qué ocurre cuando la identidad de género manifestada ante la Administración catalana no coincide con el sexo que figura en la documentación oficial del Estado. El artículo 9 establece en este sentido mecanismos para que las personas trans puedan disponer de documentación administrativa adecuada mientras no se formalice la rectificación registral y la documentación identificativa dependiente de la Administración estatal. «La categoría ‘género no binario’ impide medir las brechas sexistas y conlleva la destrucción del principio de veracidad que es exigible a las estadísticas oficiales» Alianza contra el Borrado de las MujeresPor su parte, la Asociación de Feministas de Cataluña considera que «el mecanismo supone un paso más en la incorporación de las teorías sobre identidad de género al ordenamiento catalán». Su portavoz, Silvia Carrasco, sostiene que la aprobación del nuevo marco normativo se produjo «sin debate social ni político» y «por las puertas de atrás».Recuerda también el intento del Govern de ERC de impulsar en 2022 una legislación catalana para estos colectivos que no llegó a superar la fase de consulta pública. Según explica, aquel proyecto pretendía introducir, entre otras cuestiones, la categoría de «persona no binaria». La iniciativa acabaría desembocando, tras su tramitación, en la nueva Ley 13/2025.Multas de hasta 500.000 eurosEn el otro extremo del debate se encuentran la Plataforma de Entidades LGBTIQA+ de Cataluña y algunas asociaciones feministas, que ven en la nueva ley catalana una esperada reforma del marco normativo en Cataluña que pone fin a discriminaciones históricas. La Plataforma considera que la norma «actualiza derechos e incorpora la diversidad social», aunque reclama que «se despliegue plenamente», con recursos y en todo el territorio.En declaraciones a ABC la entidad reivindica que los derechos trans «forman parte de los derechos LGBTI» y «no son incompatibles con los derechos de las mujeres». Critica, asimismo, las posiciones feministas transexcluyentes y defiende un movimiento «diverso, inclusivo e integrador», aunque reconoce dinámicas machistas internas que deben combatirse. La Plataforma LGTBI celebra la nueva ley y critica las posiciones feministas transexcluyentes. «Los derechos de unas personas no son una amenaza para los derechos de otras» Alberto Marín Presidente de la Plataforma LGTBI de Cataluña«El movimiento LGBTI no excluye a nadie. Somos un movimiento diverso, inclusivo e integrador, que históricamente ha construido alianzas con el feminismo y con otros movimientos sociales. Eso no significa que no tengamos que hacer autocrítica. En el propio movimiento LGBTI todavía existen dinámicas machistas y misoginia, y tenemos la obligación de combatirlas», afirma Alberto Marín , presidente de la Plataforma LGTBI de Cataluña. Su mensaje: «los derechos de unas personas no son una amenaza para los derechos de otras».Otro de los aspectos destacados por los colectivos críticos es el régimen sancionador. La Ley 13/2025 establece multas de entre 300 y 10.000 euros para las infracciones leves; de 10.001 a 40.000 euros para las graves, y de 40.001 a 500.000 euros para las muy graves. En este sentido, la portavoz de la asociación feminista catalana recuerda que a las administraciones que incumplen la adaptación de los formularios se enfrentan a sanciones graves.La ley autonómica también amplía los plazos de prescripción de las infracciones: un año para las leves, tres para las graves y cuatro para las muy graves. Carrasco señala que el nuevo marco normativo amplía «bastante la lista de hechos sancionables» y advierte de sus posibles efectos sobre la docencia y la investigación. «No puede ser que en una clase de Economía en la universidad activistas queer protesten cuando el profesor presenta un gráfico de brecha salarial por sexos que contempla a hombres y mujeres y no al género no binario; se paralice la clase, y la universidad desautorice al docente y les apoye», denuncia.La Generalitat defiende la reforma: «Garantiza que en Cataluña pueda vivirse la diversidad sexual y de género en libertad y reforzar la erradicación de la LGBTIfobia»Mediación entre padres y menores trans en el acceso a los tratamientos Otro de los aspectos controvertidos de la ley catalana son los cambios que introduce respecto al acceso a los tratamientos médicos para la transición por parte de los menores. En este sentido, la ley catalana establece en su artículo 44.1.d que, en los menores de 16 años, los tratamientos médicos para la transición requieren el consentimiento del menor y de sus representantes legales. Para los adolescentes de 12 a 16 años, cuando existe discrepancia con los padres sobre estas decisiones, la norma contempla la posibilidad de recurrir a un servicio de mediación del departamento competente en materia de Justicia para abordar el conflicto. La nueva ley autonómica establece también como un «deber» de las administraciones públicas la tarea de «promover y recuperar la memoria democrática de los movimientos LGBTI», a través de «la investigación y la creación de espacios de memoria». El articulado exige también que, «de forma específica», se acabe con la «invisibilización» de las lesbianas y las personas trans. Asimismo, consolida la Red de Servicios de Atención Integral LGBTI y refuerza las obligaciones de formación y sensibilización de las administraciones y de determinados profesionales de ámbitos como la educación, la sanidad, los servicios sociales, el deporte o la justicia, y fija deberes de intervención ante situaciones de discriminación o violencia por orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.La Generalitat, por su parte, defiende la reforma como una actualización del marco vigente después de una década de aplicación de políticas LGBTI. Su objetivo, según refiere en el preámbulo de la ley, es «garantizar que en Cataluña pueda vivirse la diversidad sexual y de género en libertad y reforzar la prevención, reparación y erradicación de la LGBTI-fobia».Mientras la Generalitat presenta la Ley 13/2025 como una «ampliación de derechos y garantías frente a la discriminación», las organizaciones feministas críticas consideran que la nueva regulación introduce una concepción de la identidad que puede entrar en tensión con la recogida de datos por sexo y con las políticas específicamente dirigidas a las mujeres. «Es una ley que revienta las costuras del sistema estatal: crea un circuito administrativo paralelo, que permite que una misma persona figure de distinta manera según en qué Administración consulte sus datos». Algunos colectivos feministas estatales y autonómicos advierten en declaraciones a ABC sobre los riesgos de la nueva ley catalana de derechos LGTBI -‘ley trans’-, la Ley 13/2025, de 29 de diciembre, que entró en vigor el pasado 20 de enero y que ha impulsado de forma pionera la obligación de introducir una tercera casilla, junto a la de hombre o mujer, en los formularios y documentos oficiales, ‘ la del no binario’, permitiendo así un registro autonómico de ‘identidad de género’ paralelo al del registro oficial del Estado. La plataforma LGTBI, por contra, defiende la normativa porque, a su juicio, «actualiza derechos e incorpora la diversidad social» y critica «las posiciones feministas transexcluyentes».Cataluña es actualmente la única comunidad autónoma que fija expresamente por ley la obligación de incorporar esa tercera opción en los formularios y documentos administrativos. Otras comunidades como Canarias, País Vasco o Navarra también reconocen jurídicamente la identidad no binaria y amparan que las personas puedan identificarse de acuerdo con ella en sus relaciones con la Administración, pero sus leyes no obligan a introducir esa tercera casilla. Formulario oficial de ayudas al alquiler correspondiente a 2026 de la Agència de l’Habitatge de Catalunya de la Generalitat que incluye la tercera casilla. ABCEn su artículo 10, la norma catalana, consultada por este diario, obliga a «las administraciones públicas a incorporar en sus formularios, documentos administrativos y sistemas de información correspondientes las opciones de ‘hombre’, ‘mujer’ y ‘no binario’ , siempre que la recogida de este dato sea imprescindible para la finalidad del trámite», convirtiéndose así en la primera comunidad autónoma en establecer la obligatoriedad de instaurar esta tercera casilla de género en la documentación oficial. También obliga a establecer mecanismos para que las personas sean tratadas conforme al nombre y la identidad de género manifestada, sin exigir un informe médico o psicológico que lo acredite.De este modo, Cataluña establece un mecanismo de «comunicación de identidad de género» que permite declarar una identidad diferente de la que consta en el registro estatal o en los documentos oficiales como el DNI. Esta comunicación puede realizarse por vía electrónica, mediante comparecencia personal o a través de la Red de Servicios de Atención Integral y, una vez efectuada, «produce plenos efectos en cuanto al trato y la identificación de la persona» ante las administraciones catalanas. Este aspecto de la nueva ley ha generado controversia entre los propios colectivos feministas. Algunos, los más críticos, consideran que es un riesgo porque esta doble identidad que promueve «crea inseguridad jurídica» y «contradice la Ley de Igualdad» , que obliga a los poderes públicos a incluir sistemáticamente la variable ‘sexo’ en todas sus estadísticas, encuestas y recogida de datos.«La ley catalana trasciende la estatal (Ley 4/2023, de 28 de febrero) al crear un registro administrativo de la ‘identidad de género’ y permitir que cualquier hombre deba ser reconocido como mujer mediante una simple comunicación por vía electrónica, sin que tenga ni tan siquiera que pasar por el Registro Civil. El resultado es que las y los catalanes tendrán dos categorías de identificación: una para relacionarse con la Administración General del Estado y otra para relacionarse con la Administración de Cataluña», advierten en declaraciones a ABC desde la Alianza contra el Borrado de las Mujeres . La nueva ley catalana obliga a establecer mecanismos para que las personas sean tratadas conforme al nombre y la identidad de género manifestada, sin exigir un informe médico o psicológico que lo acrediteA juicio de la alianza feminista, la ley catalana agrava así la ruptura estadística introducida por la autodeterminación registral del sexo. «Llamarse Eva en Madrid y Juan en Barcelona amenaza el rigor de las estadísticas oficiales», advierten. Según el colectivo, «la categoría ‘no binario’ impide la aplicación de todas las normas jurídicas que separan por sexos para proteger a las mujeres o para compensar la desigualdad que sufren por el hecho de ser mujeres. Además, confunde, intencionadamente, categorías incomparables como son sexo y género. El género no es un apunte registral legalmente establecido, pero su incorporación a registros administrativos está dinamitando la veracidad de los datos registrales», puntualizan. El CGPJ vetó la tercera casilla en la ley estatalRecuerdan, además, que el Consejo General del Poder Judicial, en su informe relativo a la ley trans estatal, «consideró oportuno que no se incluyese la categoría «no binario», por alejarse de los demás ordenamientos nacionales».La cuestión central para las organizaciones críticas es qué ocurre cuando la identidad de género manifestada ante la Administración catalana no coincide con el sexo que figura en la documentación oficial del Estado. El artículo 9 establece en este sentido mecanismos para que las personas trans puedan disponer de documentación administrativa adecuada mientras no se formalice la rectificación registral y la documentación identificativa dependiente de la Administración estatal. «La categoría ‘género no binario’ impide medir las brechas sexistas y conlleva la destrucción del principio de veracidad que es exigible a las estadísticas oficiales» Alianza contra el Borrado de las MujeresPor su parte, la Asociación de Feministas de Cataluña considera que «el mecanismo supone un paso más en la incorporación de las teorías sobre identidad de género al ordenamiento catalán». Su portavoz, Silvia Carrasco, sostiene que la aprobación del nuevo marco normativo se produjo «sin debate social ni político» y «por las puertas de atrás».Recuerda también el intento del Govern de ERC de impulsar en 2022 una legislación catalana para estos colectivos que no llegó a superar la fase de consulta pública. Según explica, aquel proyecto pretendía introducir, entre otras cuestiones, la categoría de «persona no binaria». La iniciativa acabaría desembocando, tras su tramitación, en la nueva Ley 13/2025.Multas de hasta 500.000 eurosEn el otro extremo del debate se encuentran la Plataforma de Entidades LGBTIQA+ de Cataluña y algunas asociaciones feministas, que ven en la nueva ley catalana una esperada reforma del marco normativo en Cataluña que pone fin a discriminaciones históricas. La Plataforma considera que la norma «actualiza derechos e incorpora la diversidad social», aunque reclama que «se despliegue plenamente», con recursos y en todo el territorio.En declaraciones a ABC la entidad reivindica que los derechos trans «forman parte de los derechos LGBTI» y «no son incompatibles con los derechos de las mujeres». Critica, asimismo, las posiciones feministas transexcluyentes y defiende un movimiento «diverso, inclusivo e integrador», aunque reconoce dinámicas machistas internas que deben combatirse. La Plataforma LGTBI celebra la nueva ley y critica las posiciones feministas transexcluyentes. «Los derechos de unas personas no son una amenaza para los derechos de otras» Alberto Marín Presidente de la Plataforma LGTBI de Cataluña«El movimiento LGBTI no excluye a nadie. Somos un movimiento diverso, inclusivo e integrador, que históricamente ha construido alianzas con el feminismo y con otros movimientos sociales. Eso no significa que no tengamos que hacer autocrítica. En el propio movimiento LGBTI todavía existen dinámicas machistas y misoginia, y tenemos la obligación de combatirlas», afirma Alberto Marín , presidente de la Plataforma LGTBI de Cataluña. Su mensaje: «los derechos de unas personas no son una amenaza para los derechos de otras».Otro de los aspectos destacados por los colectivos críticos es el régimen sancionador. La Ley 13/2025 establece multas de entre 300 y 10.000 euros para las infracciones leves; de 10.001 a 40.000 euros para las graves, y de 40.001 a 500.000 euros para las muy graves. En este sentido, la portavoz de la asociación feminista catalana recuerda que a las administraciones que incumplen la adaptación de los formularios se enfrentan a sanciones graves.La ley autonómica también amplía los plazos de prescripción de las infracciones: un año para las leves, tres para las graves y cuatro para las muy graves. Carrasco señala que el nuevo marco normativo amplía «bastante la lista de hechos sancionables» y advierte de sus posibles efectos sobre la docencia y la investigación. «No puede ser que en una clase de Economía en la universidad activistas queer protesten cuando el profesor presenta un gráfico de brecha salarial por sexos que contempla a hombres y mujeres y no al género no binario; se paralice la clase, y la universidad desautorice al docente y les apoye», denuncia.La Generalitat defiende la reforma: «Garantiza que en Cataluña pueda vivirse la diversidad sexual y de género en libertad y reforzar la erradicación de la LGBTIfobia»Mediación entre padres y menores trans en el acceso a los tratamientos Otro de los aspectos controvertidos de la ley catalana son los cambios que introduce respecto al acceso a los tratamientos médicos para la transición por parte de los menores. En este sentido, la ley catalana establece en su artículo 44.1.d que, en los menores de 16 años, los tratamientos médicos para la transición requieren el consentimiento del menor y de sus representantes legales. Para los adolescentes de 12 a 16 años, cuando existe discrepancia con los padres sobre estas decisiones, la norma contempla la posibilidad de recurrir a un servicio de mediación del departamento competente en materia de Justicia para abordar el conflicto. La nueva ley autonómica establece también como un «deber» de las administraciones públicas la tarea de «promover y recuperar la memoria democrática de los movimientos LGBTI», a través de «la investigación y la creación de espacios de memoria». El articulado exige también que, «de forma específica», se acabe con la «invisibilización» de las lesbianas y las personas trans. Asimismo, consolida la Red de Servicios de Atención Integral LGBTI y refuerza las obligaciones de formación y sensibilización de las administraciones y de determinados profesionales de ámbitos como la educación, la sanidad, los servicios sociales, el deporte o la justicia, y fija deberes de intervención ante situaciones de discriminación o violencia por orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.La Generalitat, por su parte, defiende la reforma como una actualización del marco vigente después de una década de aplicación de políticas LGBTI. Su objetivo, según refiere en el preámbulo de la ley, es «garantizar que en Cataluña pueda vivirse la diversidad sexual y de género en libertad y reforzar la prevención, reparación y erradicación de la LGBTI-fobia».Mientras la Generalitat presenta la Ley 13/2025 como una «ampliación de derechos y garantías frente a la discriminación», las organizaciones feministas críticas consideran que la nueva regulación introduce una concepción de la identidad que puede entrar en tensión con la recogida de datos por sexo y con las políticas específicamente dirigidas a las mujeres. RSS de noticias de sociedad
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