El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a la regularización extraordinaria de inmigrantes que anunció en su estrategia de impulsar iniciativas de alto impacto político, que puedan sortear la falta de mayorías en el Congreso de los Diputados. El texto inicial del Real Decreto se topó con importantes objeciones por parte del Consejo de Estado, el órgano consultivo que debe emitir un informe preceptivo, ante las lagunas que apreció en el texto. El grueso de las advertencias se centró en los antecedentes penales, los criterios sobre la vulnerabilidad y errores de técnica normativa, según avanzó ABC , y el Ejecutivo ha rectificado la primera redacción, introduciendo algunas correcciones.En concreto, en lo relativo a los antecedentes preocupaba la falta de rigor en la acreditación de los mismos. Los solicitantes de esta regularización no pueden tener ningún reproche penal ni en España ni en los países donde hayan residido en los últimos cinco años y mientras esto no pudiera confirmarse, en opinión del Consejo de Estado, el procedimiento debería quedar en suspenso. El Gobierno acepta este extremo y mientras esté abierto el plazo para su acreditación la regularización quedará parada. El Gobierno endurece las condiciones a las que se tendrán que enfrentar y asegura que «la debida acreditación siempre ha sido un requisito obligatorio, como lo es para otros trámites de extranjería».La norma les da un mes para pedir este justificante de penales en sus países y si no logran recabarlo, el Ejecutivo intervendrá para prestarles asistencia. Se hará a través de la vía diplomática, por el cauce del Ministerio de la Presidencia que será quien envíe un requerimiento para conseguir esa documentación sensible. Se habilitará un periodo de tres meses para recibir respuesta y, en caso de que esto no ocurra, el interesado tendrá 15 días extra para tratar de conseguirlos por sus medios. Si, aún así, fracasara, «se le tendrá por desistido de su solicitud». Esto es, aun con la intermediación del Gobierno, quien no consiga acreditar la falta de antecedentes no podrá acceder a la regularización.Noticia relacionada general No No Nueva misiva a la ciudadanía El presidente defiende en una carta la regularización para «reconocer derechos y exigir obligaciones» Ainhoa MartínezEl órgano consultivo tampoco veía con buenos ojos las excepciones planteadas en el decreto y, de hecho, formularía dos observaciones al respecto: la referida a aquellos solicitantes que llevan cinco años residiendo en España, porque podrían haberlo hecho de manera irregular durante un tiempo. Y en ese supuesto, afirman a este periódico, no existiría medio de prueba sobre los antecedentes. La segunda se dirige al caso de aquellas personas que hubieran presentado la solicitud dentro de los cinco años —por ejemplo, al inicio del periodo— y después pudieran haber residido temporalmente fuera de España y haber cometido algún delito en el extranjero antes de regresar. El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a la regularización extraordinaria de inmigrantes que anunció en su estrategia de impulsar iniciativas de alto impacto político, que puedan sortear la falta de mayorías en el Congreso de los Diputados. El texto inicial del Real Decreto se topó con importantes objeciones por parte del Consejo de Estado, el órgano consultivo que debe emitir un informe preceptivo, ante las lagunas que apreció en el texto. El grueso de las advertencias se centró en los antecedentes penales, los criterios sobre la vulnerabilidad y errores de técnica normativa, según avanzó ABC , y el Ejecutivo ha rectificado la primera redacción, introduciendo algunas correcciones.En concreto, en lo relativo a los antecedentes preocupaba la falta de rigor en la acreditación de los mismos. Los solicitantes de esta regularización no pueden tener ningún reproche penal ni en España ni en los países donde hayan residido en los últimos cinco años y mientras esto no pudiera confirmarse, en opinión del Consejo de Estado, el procedimiento debería quedar en suspenso. El Gobierno acepta este extremo y mientras esté abierto el plazo para su acreditación la regularización quedará parada. El Gobierno endurece las condiciones a las que se tendrán que enfrentar y asegura que «la debida acreditación siempre ha sido un requisito obligatorio, como lo es para otros trámites de extranjería».La norma les da un mes para pedir este justificante de penales en sus países y si no logran recabarlo, el Ejecutivo intervendrá para prestarles asistencia. Se hará a través de la vía diplomática, por el cauce del Ministerio de la Presidencia que será quien envíe un requerimiento para conseguir esa documentación sensible. Se habilitará un periodo de tres meses para recibir respuesta y, en caso de que esto no ocurra, el interesado tendrá 15 días extra para tratar de conseguirlos por sus medios. Si, aún así, fracasara, «se le tendrá por desistido de su solicitud». Esto es, aun con la intermediación del Gobierno, quien no consiga acreditar la falta de antecedentes no podrá acceder a la regularización.Noticia relacionada general No No Nueva misiva a la ciudadanía El presidente defiende en una carta la regularización para «reconocer derechos y exigir obligaciones» Ainhoa MartínezEl órgano consultivo tampoco veía con buenos ojos las excepciones planteadas en el decreto y, de hecho, formularía dos observaciones al respecto: la referida a aquellos solicitantes que llevan cinco años residiendo en España, porque podrían haberlo hecho de manera irregular durante un tiempo. Y en ese supuesto, afirman a este periódico, no existiría medio de prueba sobre los antecedentes. La segunda se dirige al caso de aquellas personas que hubieran presentado la solicitud dentro de los cinco años —por ejemplo, al inicio del periodo— y después pudieran haber residido temporalmente fuera de España y haber cometido algún delito en el extranjero antes de regresar. El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a la regularización extraordinaria de inmigrantes que anunció en su estrategia de impulsar iniciativas de alto impacto político, que puedan sortear la falta de mayorías en el Congreso de los Diputados. El texto inicial del Real Decreto se topó con importantes objeciones por parte del Consejo de Estado, el órgano consultivo que debe emitir un informe preceptivo, ante las lagunas que apreció en el texto. El grueso de las advertencias se centró en los antecedentes penales, los criterios sobre la vulnerabilidad y errores de técnica normativa, según avanzó ABC , y el Ejecutivo ha rectificado la primera redacción, introduciendo algunas correcciones.En concreto, en lo relativo a los antecedentes preocupaba la falta de rigor en la acreditación de los mismos. Los solicitantes de esta regularización no pueden tener ningún reproche penal ni en España ni en los países donde hayan residido en los últimos cinco años y mientras esto no pudiera confirmarse, en opinión del Consejo de Estado, el procedimiento debería quedar en suspenso. El Gobierno acepta este extremo y mientras esté abierto el plazo para su acreditación la regularización quedará parada. El Gobierno endurece las condiciones a las que se tendrán que enfrentar y asegura que «la debida acreditación siempre ha sido un requisito obligatorio, como lo es para otros trámites de extranjería».La norma les da un mes para pedir este justificante de penales en sus países y si no logran recabarlo, el Ejecutivo intervendrá para prestarles asistencia. Se hará a través de la vía diplomática, por el cauce del Ministerio de la Presidencia que será quien envíe un requerimiento para conseguir esa documentación sensible. Se habilitará un periodo de tres meses para recibir respuesta y, en caso de que esto no ocurra, el interesado tendrá 15 días extra para tratar de conseguirlos por sus medios. Si, aún así, fracasara, «se le tendrá por desistido de su solicitud». Esto es, aun con la intermediación del Gobierno, quien no consiga acreditar la falta de antecedentes no podrá acceder a la regularización.Noticia relacionada general No No Nueva misiva a la ciudadanía El presidente defiende en una carta la regularización para «reconocer derechos y exigir obligaciones» Ainhoa MartínezEl órgano consultivo tampoco veía con buenos ojos las excepciones planteadas en el decreto y, de hecho, formularía dos observaciones al respecto: la referida a aquellos solicitantes que llevan cinco años residiendo en España, porque podrían haberlo hecho de manera irregular durante un tiempo. Y en ese supuesto, afirman a este periódico, no existiría medio de prueba sobre los antecedentes. La segunda se dirige al caso de aquellas personas que hubieran presentado la solicitud dentro de los cinco años —por ejemplo, al inicio del periodo— y después pudieran haber residido temporalmente fuera de España y haber cometido algún delito en el extranjero antes de regresar. RSS de noticias de espana
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